El 26 de mayo vuelven las clases presenciales a Bariloche

(ADN).- El Ministerio de Salud de la provincia dispuso extender las medidas preventivas en Bariloche y Dina Huapi, pero anunció un esquema progresivo de flexibilización a partir del 21 de mayo.

La cartera sanitaria de la provincia informó que los casos positivos de COVID-19 acumulados hasta el día de la fecha son 20.579 entre ambas localidad. Actualmente los casos activos son 1.682. La tasa de letalidad (fallecidos totales dividido total de casos acumulados multiplicado por 100) es de 1,5% y 5,64%, respectivamente, con un total de 287 fallecidos. En comparación, el día 29/04 (día de inicio de las restricciones) había un total de 19.216 casos acumulados pero 1.898 activos.

De esta manera, el gobierno dispuso extender las medidas para seguir buscando la baja de casos, pero adelantó la puesta en marcha de un esquema escalonado para flexibilizar las restricciones.

Semana del 14 al 21 de mayo

  • La circulación estará permitida entre las 7.00 y las 21:00.
  • Los comercios de productos esenciales, no esenciales, actividades de servicios no esenciales, entidades financieras y bancarias podrán abrir sus puertas entre las 8:00 y las 20:00.
  • Los restoranes, bares, cafés, heladerías y establecimientos similares podrán funcionar entre las 8:00 y las 20:00.
  • El servicio de delivery podrá funcionar hasta las 22:00.

Semana del 22 al 28 de mayo

  • La circulación estará permitida entre las 7.00 y las 23:00.
  • Los comercios de productos esenciales, no esenciales, actividades de servicios no esenciales, entidades financieras y bancarias podrán abrir sus puertas entre las 8:00 y las 21:00.
  • Los restoranes, bares, cafés, heladerías y establecimientos similares podrán funcionar entre las 8:00 y las 22:00.
  • El servicio de delivery podrá funcionar hasta las 23:00.

Dictado de clases

  • El miércoles 26 se retomará el dictado de clases presenciales en el Nivel Primario. En tanto que el lunes 1 de junio se hará lo propio con el resto de los niveles educativos.

Disposiciones comunes

  • Las actividades de gimnasios, natatorios, y espacios afines para la práctica de actividad física o disciplinas deportivas en lugares cerrados quedan sujetas al cumplimiento estricto de las medidas de cuidado, con un máximo del 30% de la capacidad total habilitada.
  • Queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados.
  • Se prohíbe la realización de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Se suspende la realización de eventos deportivos, recreativos, sociales, religiosos y culturales en espacios cerrados, cualquiera sea la cantidad de personas.
  • Se suspenden las actividades de casinos, bingos, discotecas, salones de fiestas e infantiles, y salones de eventos, sin distinción de aforo.
  • Se suspenden las actividades de cines, teatros, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines.