El Senado trata mañana la nueva Ley de Alquileres

El proyecto de Ley de Alquileres se tratará mañana en el Senado y los senadores advirtieron que podrían introducirle cambios, por lo que debería retornar a la Cámara de Diputados, para su aprobación final.

El proyecto de Ley de Alquileres fue aprobado por la cámara baja en noviembre del año pasado y reforma el Código Civil y Comercial para extender los contratos de dos a tres años y establecer un nuevo mecanismo de actualización anual (en lugar de semestral), que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario.

La iniciativa establece una fórmula para la actualización de los precios, combinando el IPC (Índice de Precios al Consumidor) con el mencionado RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables). Este artículo fue uno de los que mayor debate generó, ya que algunos senadores argumentaron que podría dejar abierta la posibilidad de que haya más aumentos que los prometidos en la norma.

El senador por el Frente de Todos de Chubut, Mario Pais, señaló que el artículo 14 del proyecto no es claro en cuanto al período de indexación, mientras que el senador por Córdoba de Juntos por el Cambio, Ernesto Martínez, propuso resolver si la Cámara alta votará la sanción venida en revisión de Diputados o insistirá con un proyecto similar presentado por la peronista rionegrina Silvina García Larraburu, que se aprobó en el Senado en 2016 pero que la Cámara baja nunca debatió.

De todos modos se estima que hoy existe cobertura para los inquilinos por los Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo que evitan los desalojos.

El proyecto a tratar mañana también dispone que el inquilino podrá optar por presentar como garantía un aval bancario, seguro de caución; garantía de fianza; o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.

También se fija que las expensas extraordinarias deberán ser abonadas por el dueño de la propiedad.

En cuanto al depósito, el dictamen fija que no se podrá pedir «el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes» y determina que el depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

Otro aspecto clave del dictamen es que se deberá declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo, que a la vez deberá dar facilidades para poder cumplir con esta medida.

Además, se crea el Programa Nacional de Alquiler Social destinado a jubilados, pensionados, y aquellas familias que no tengan cómo acceder a un sistema de garantías.(Crédito web).