Ordenan proveer remedios para tratamiento prolongado

(ADN).- Un juzgado de Bariloche admitió una acción de amparo y resolvió ordenar la entrega de la medicación necesaria para la cobertura -por tres meses consecutivos- de tratamiento a paciente con diagnóstico de esclerosis múltiple. Los remedios deberá proveerlos el hospital Carrillo.

El fallo de la jueza de Familia Cecilia Criado, indica que «en el marco de la pandemia que nos encontramos atravesando, no se puede exigir al paciente o familiares que transiten todos los meses en procura de hacerse de la receta para presentar en farmacia, máxime cuando ya se conoce que se trata un tratamiento prolongado”.

Y agrega que “solo de esta manera podremos evitar que un futuro incierto, pero acaecible, el paciente quede sin el suministro de medicación». En la presentación realizada por la esposa del paciente, se ha detallado que la falta de medicamentos acarrearía convulsiones epilépticas y/o ceguera.

La obligación de proveer medicamentos recae sobre el Hospital de Bariloche. Durante el tratamiento el nosocomio público venía cumpliendo de manera normal, no obstante a partir del mes de abril de 2018 empezaron a haber retrasos. Desde entonces la mediación ha sido entregada pero con intermitencias.

«Estas especiales circunstancias exigen que se adecuen las formas para facilitar lo mas posible el acceso a la medicación a los pacientes de tratamiento prolongado», señala la resolución.

En otro tramo la jueza de Amparo aclaró que «si bien no correspondería conceder prestaciones indeterminadas que aún no han sido prescriptas por el profesional médico, porque ello constituiría un avasallamiento a la seguridad jurídica, en este caso , y en el contexto de emergencia sanitaria imperante no aparece como un exceso de jurisdicción y una invasión de áreas reservadas al poder administrador la exigencia de provisión regular de un medicamento ante la necesidad de continuidad de un tratamiento prologando para la esclerosis múltiple diagnosticada, y acreditada en el expediente”

Esta resolución se funda también en el marco del aislamiento provisorio y preventivo decretado por el Poder Ejecutivo, “situación que no puede ser ignorada por esta Jueza», destaca la resolución.