COVID-19: activan protocolo de actuación en cárceles

(ADN).- El Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro puso en marcha un protocolo de actuación para la prevención del coronavirus en el Servicio Penitenciario Provincial, que establece el régimen de visitas , el ingreso de internos, las salidas transitorias y el sistema de semi libertad que otorgan los jueces de ejecución.

El protocolo fue realizado en conjunto con el Ministerio de Salud de la provincia que, como autoridad de aplicación en materia sanitaria, fijó las pautas estableciendo estrictas reglas a ser cumplidas para la protección de la salud en el marco de la pandemia que se vive.

Visitas

Las visitas a los internos de los diferentes penales, se verán restringidas al cumplimiento de determinados requisitos y condiciones.

A cada visita se le realizará un adecuado interrogatorio acerca de la presencia de síntomas de la vía respiratoria tales como fiebre, tos seca, goteo nasal, dificultad respiratoria, dolor muscular, dolor de garganta o malestar general.

-No podrán ingresar las personas que reúnan los criterios de fiebre (38 grados) más alguno de los síntomas enumerados, debido al riesgo de transmisión de gérmenes hacia una comunidad cerrada más allá del caso específico del COVID_ 19.

-No podrán ingresar quienes refieran síntomas y haber viajado a los países en riesgo. Además serán evaluados por personal de salud para realizar el aislamiento en la institución de salud de su localidad.

-No podrán ingresar quienes a pesar de no presentar síntomas, refieran haber viajado en los últimos 14 días a países de riesgo. Dichas personas deberán aislarse en su domicilio de manera preventiva.

-La visita deberá firmar una declaración jurada en la cual se compromete a informar si estuvo en contacto con alguna persona proveniente de países en riesgo y se presenta síntomas o haya estado en zonas consideradas de riesgo en los últimos 14 días.

-No podrán ingresar personas mayores de 60 años y menores de 15

-No podrán ingresar personas pertenecientes a los grupos de riesgo

-No podrán recibir visitas los internos que superen los 60 años de edad o que estén incluidos en algún otro grupo de riesgo, hasta tanto lo determine la autoridad sanitaria competente.

-Las visitas se restringirán a una persona por interno con una duración máxima de dos horas.

-Queda suspendido hasta nuevo aviso el régimen de visitas íntimas.

-La visita deberá higienizarse previo al ingreso, con alcohol en gel o el alcohol etílico al 96 por ciento se deberá diluir en un litro (el 70ml de alcohol y el 30ml con agua) y si fuera al 70% diluir en un litro (60ml alcohol con un 40ml de agua)o lavado de manos con jabón, y secado con toallas descartables.

-El personal y la visita deberán guardar una distancia de dos metros

-El personal de requisa será provisto de barbijos y guantes para el control de rutina. Salida de los internos

El Protocolo establece la suspensión hasta el 31 de marzo y/ hasta que a autoridad sanitaria lo determine, de las salidas transitorias y regímenes de semi libertad que se encuentren otorgados por los jueces de ejecución.

La medida incluye: todos los acercamientos familiares; todos los traslados a edificios judiciales y/o cualquier otra dependencia perteneciente al Poder Judicial (los requerimientos a internos deberán resolverse a través del sistema de videoconferencia); todos los traslados de los internos entre distintas unidades penitenciarias por cualquier motivo o circunstancia.

Ingreso de internos

Al ingresar cada interno, se les realizará exámenes de rutina para corroborar el estado de salud.

Previo al ingreso deberá llevar a cabo la higienización ya descripta al tiempo que se evaluarán los síntomas de infección respiratoria al momento de su admisión. También se implementarán medidas de prevención de la infección para los internos sintomáticos que ingresen.

Por otro lado el Protocolo hace mención a la limpieza y desinfección de los espacios mientras que contiene a su vez un apartado respecto a los cuidados del personal penitenciario.

En los ingresos se les realizará un adecuado interrogatorio acerca de la presencia de los síntomas de la vía respiratoria.

A excepción del personal médico y de enfermería, por el momento no es necesario el uso de barbijos y guantes toda vez que se cumpla con los requisitos correspondientes:

-No podrá ingresar el personal que refiera criterios de fiebre (38 grados) más alguno de los síntomas ya enumerados.

-No podrá ingresar el personal que además de los síntomas, refiera haber viajado a los países considerados de riesgo. En este caso, se lo evaluará para realizar el aislamiento en la institución de salud de su localidad.

-Si un agente, a pesar de no presentar síntomas, refiere haber viajado a lugares de riesgo en los últimos 14 días, se le indicará aislamiento en el domicilio de manera preventiva.

-El personal firmará una declaración jurada en la cual se compromete a informar si estuvo en contacto con alguna persona proveniente de países en riesgo y se presenta síntomas o haya estado en zonas o lugares considerados de riesgo en los últimos 14 días.

Todas las medidas quedan sujetas a cualquier modificación de la autoridad sanitaria.