Salarios: amparo de docentes contra Educación

(ADN).- La Justicia rionegrina admitió un amparo presentado por docentes cipoleños que reclaman una readecuación salarial. La Cámara del Trabajo ordenó al Ministerio de Educación que otorgue una respuesta y resuelva lo peticionado por los maestros y maestras en el plazo de 15 días.

Se consignó en el amparo que en la paritaria del 12 de septiembre de 2017 se dispuso que “con respecto a los cargos 51 (maestro de grado de jornada completa) y cargo 57 (maestro auxiliar docente), la gubernamental acuerda equipararlos a 6000 puntos por pedido de la gremial aunque aclarando sus diferencias por entender que la ley 931 (estatuto docente) establece distintos puntos de partida para acceder a cada cargo y aclara que las misiones y funciones son totalmente diferentes para ambos cargos”.

Luego de la paritaria las maestras y maestros iniciaron el reclamo administrativo y solicitaron el pago de las sumas devengadas y no abonadas por la diferencia derivada de los 5748 puntos y los 6000 puntos desde agosto 2017 a la fecha, con más los intereses actualizados a la fecha de la devolución.

Ante la falta de respuestas se presentaron dos pedidos de pronto despacho.

Los jueces de la Cámara Laboral consideraron que la acción por mora administrativa se inscribe como una respuesta del ordenamiento ritual al derecho a peticionar a las autoridades, anclado en el art. 14 de la Constitución Nacional y en el art. 24 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre. Además consideraron que este tipo de acción es una herramienta legal que se encuentra regulada en el Código Procesal Administrativo que fue sancionado en Río Negro en mayo de 2016.

“En caso bajo examen, se encuentra acreditado por medio de la documental acompañada que los accionantes han realizado respectivos reclamos administrativos (ver fs. 3/4, 8/9, 13/14, 18/19), los cuales no fueron contestados por la administración, incumplimiento que generó la presentación de sendos pedidos de pronto despacho (ver fs. 5/6, 10/11, 15/16, 20/21), los cuales tampoco fueron contestados por la Sra. Ministra de Educación de la Provincia de Rio Negro”, dice el fallo.

En función de esos argumentos se ordenó al Ministerio de Educación a responder la petición de los maestros y maestras en el plazo de 15 días.

La sentencia lleva la firma de los jueces Raúl Santos, Luis Lavedán y Luis Méndez.