Elecciones en Bariloche: Galaverna acude a la Corte

(ADN).- La interna en el Frente de Todos no se detiene en Bariloche. “Vamos a ir a la Corte Suprema de Justicia a revertir la impugnación que nos impuso Daniel Natapof. Así lo adelantó la candidata Andrea Galaverna quien busca revertir un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.

«Nuestra lista está oficializada por la Junta Electoral Municipal y hasta que no exista un fallo que deje firme la sentencia anterior podemos participar en las elecciones municipales del 1º de setiembre”, aseguró la ex Defensora del Pueblo barilochense.

La dirigente indicó que “hasta que la Corte no se expida la Junta Electoral Municipal debe respetar los derechos constitucionales e imprimir las boletas únicas con la inclusión de la lista de nuestro partido», porque de lo contraio, «el 1º de setiembre se afectaría el sistema democrático si una de las listas oficializadas no puede participar en la elección”.

El Frente de Todos va dividido a la elección municipal, en tres listas.

Galaverna también expresó que “indudablemente nuestra propuesta está molestando al poder político de la provincia, ya que en el año 2013 en un caso mucho más grave cuando el Tribunal Electoral dispuso la baja de la personería al partido Pueblo de Gustavo Gennuso, el Superior Tribunal de Justicia inmediatamente revocó ese fallo. En ese caso en la sentencia se explicó que entre dos soluciones posibles debe estarse por aquella que mejor se adecue a la participación”.

Desde Unidos por Bariloche recordaron los fundamentos del fallo del STJ que contó con el voto rector de Enrique Mansilla, en el cual también se argumentó: “si alguna duda queda, corresponde aplicar el principio según el cual debe estarse a la interpretación más favorable a la subsistencia del partido”. El magistrado también indicó que “…buscaron lograr la finalidad última de participar en la vida política de la comunidad y, por ello, la restricción extrema a la que se arribara no puede tener sustento solamente en beneficio de la ley, con evidente perjuicio de los afiliados.”

“Estamos en presencia de una colisión entre el derecho constitucional a la existencia de los partidos políticos (con la garantía del derecho al sufragio, a elegir y ser elegido) y el sistema normativo que reglamenta las exigencias a los Partidos políticos para poner en funcionamiento tales derechos y obligaciones. En tal sentido, el principio de proporcionalidad nos indica que frente a la colisión entre ambos cabe decidir a favor del primero en casos como el presente, donde se advierte que el mantenimiento de la sanción recurrida implicaría una solución extrema”, escribió Mansilla.

El Juez del STJ puso de relieve que “la sanción de caducidad es la más severa y no cabe su aplicación cuando se advierte, como en el caso, la voluntad de cumplimiento demostrada por el partido, atento a que ello importará la no participación en el proceso eleccionario.”

Accavallo

“Con este fallo está claro que la Justicia cuando quiere prioriza la participación por sobre otros temas menores, pero en nuestro caso actuó al revés o sea ratificó lo actuado por el TEP sin analizar los derechos constitucionales que se afectan” indicó el presidente del Frente Grande Julio Accavallo.

Asimismo señaló “todas estas consideraciones sobre la supremacía que debe tener el derecho constitucional a elegir y ser elegido que fueron volcadas en este fallo sobre el partido Pueblo, no fueron tenidas en cuenta en nuestro caso ni por el Tribunal Electoral ni por el Superior Tribunal de Justicia”.

“Por eso vamos a recurrir a la Corte Suprema de Justicia para seguir luchando por el derecho de los barilochenses a participar y fundamentalmente por el derecho a elegir libremente a sus representantes. Apelaremos este intento de excluirnos de la elección y si la Corte sigue privilegiando la participación ciudadana deberíamos tener la posibilidad de competir» finalizó Accavallo.