Pauta oficial de publicidad y el periodismo

(ADN).- La arbitrariedad del gobierno de Alberto Weretilneck sobre el uso de la pauta publicitaria oficial ha quedado al descubierto. Con el dinero público y sin ningún tipo de control y rendición se distribuye la publicidad con criterios caprichosos, discriminatorios y con el propósito de controlar la mirada crítica y cuestionadora de la administración del Estado, pero con un agravante, someter a medios que cuentan como principal ingreso esa pauta publicitaria. De esta manera este sistema se convierte en perverso.

Hoy se conoce, de acuerdo a los datos aportados por “Diario Legislativo”, cómo se utiliza un instrumento del Estado para premiar y castigar. Más grave aun cuando los funcionarios del área, ministros e incluso legisladores, sostienen que el criterio de distribución del dinero corresponde en forma exclusiva al gobernador.

En pocos gobiernos anteriores se ha observado tanta discrecionalidad y tampoco la diferencia abismal de los montos que se otorgan a unos, en detrimentos de otros.

El tema tiene –además de la afectación caprichosa de recursos del Estado- una notoria gravedad institucional, ya que es una manera de afectar la libertad de expresión, con un mecanismo menos evidentes y más sutil.

Este tema no es patrimonio exclusivo del gobierno de Weretilneck, aunque la reiteración de la práctica no lo exime de la crítica, y es una preocupación de la Comisión Americana de Derechos Humanos que en su artículo 13.3 se refiere, específicamente, a estos mecanismos indirectos que tienden a “impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.

¿Pero que se pretende desde el gobierno? No es sólo acallar o condicionar, sino convertir a los aparatos de comunicación del gobierno en actores centrales de las estrategias oficiales, montado sobre una estructura mediática provincial simple retransmisora de comunicados, imágenes y “buenas noticias”, con la ayuda demás de trolls y armado de redes sociales que también alimentan con dineros públicos.

Tampoco los medios de comunicación son actores pasivos en esta discusión. Cada uno medirá la discrecionalidad a partir de si se beneficia o perjudica con la distribución de la pauta. Si hoy me beneficia, el tema de la distribución de pauta no es un problema, si hoy me siento discriminado, es un atentado contra la libertad de expresión. Lo que queda claro es que no existe reglamentación que fije parámetros para este tema.

Si bien no hay un derecho intrínseco de los medios a recibir recursos del Estado por publicidad, sí existe el derecho de no ser discriminados por sus contenidos editoriales. Es decir, el Estado puede no asignar pauta, pero si decide hacerlo debe evitar distribuir esos recursos en forma discriminatoria.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, dependiente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, establece que, en ese caso, se trataría de una clara violación del derecho a la libre expresión a partir de discriminación por “punto de vista”.

La ausencia de un marco normativo que transparente la utilización de estos recursos permite una amplia discrecionalidad en la distribución y asignación de la pauta publicitaria. La pauta puede actuar entonces como un mecanismo de control de los medios de comunicación, una forma de censura, o directamente como mecanismo para la creación de medios “amigos” al gobierno.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH indica que “la distribución arbitraria de publicidad oficial, como otros mecanismos de censura indirecta, opera sobre distintos tipos de necesidades que los medios de comunicación tienen para funcionar e intereses que pueden afectarlos. Es una forma de presión que actúa como premio o castigo que tiene por objeto condicionar la línea editorial de un medio según la voluntad de quien ejerce la presión”.

Corresponde a la Justicia también abordar el tema. Se recuerda el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la denuncia de la Editorial Río Negro contra el gobierno de Neuquén, que dijo “1) No puede manipular la publicidad, dándola y retirándola a algunos medios [con base en] criterios discriminatorios; 2) no puede utilizar la publicidad como un modo indirecto de afectar la libertad de expresión”.

También se recuerda la denuncia de los propietarios de la emisora “La Súper Radio” de General Roca, en septiembre del 2016, por presión a la libertad de prensa y arbitrariedad en la asignación de pautas publicitarias. Eran tiempos del secretario de Medios Guillermo Campetti.

Este accionar arbitrario del gobierno sobre la distribución de los fondos de publicidad motivó el intercambio de información entre los medios provinciales. Muchos pudieron comparar el valor casi «simbólico» que reciben ante cifras muy elevadas y también otros comprobar que los argumentos oficiales de «contención del gasto», al quitar o negar una pauta publicitaria, es una gran falacia.