Bariloche: Un fallo para frenar el hostigamiento policial

La jueza de familia de Bariloche, Marcela Pájaro, dictó un fallo que obliga a la Policía a terminar con las provocaciones y la violencia hacia los adolescentes del barrio Virgen Misionera. Los agentes deberán estar identificados y con la cara descubierta.

Pájaro aceptó el hábeas corpus presentado por los abogados del Movimiento de Infancia de Bariloche tras los sucesos acontecidos en el barrio Virgen Misionera con adolescentes que concurren a las diferentes escuelas de la Fundación Gente Nueva. Según se había denunciado desde el Movimiento, un grupo de Policías sistemáticamente hostigaba, provocaba y agredía a los jóvenes de esos establecimientos. Incluso cuatro de los chicos fueron rociados con gas pimienta.

Ahora, “en una sentencia ejemplar”, según destacaron las organizaciones, la Jueza ordenó a la Policía a terminar con los amedrentamientos a los adolescentes que transitan por ese barrio.

“Por existir suficientes elementos que acreditan limitaciones a la libertad, amedrentamiento, hostigamiento por parte del personal policial sin ningún tipo de justificación o motivo y que este colectivo de estudiantes tiene razones fundadas y objetivas para temer por su libertad ambulatoria e integridad”, fundamentó la Jueza Pájaro.

El hábeas corpus había sido presentado por los abogados Sofia Bordenave y Ezequiel Palavecino en representación de la Fundación Gente Nueva y el Movimiento de Infancia.

Además, el fallo le responde en duros términos a la respuesta esgrimida por el Ministro de Seguridad de la Provincia, Gastón Pérez Esteban, quien en la audiencia preliminar que tuvieron las partes amenazó con retirar al personal policial de dicho barrio.

El funcionario del Gobierno de Alberto Weretilneck había planteado que “atento el requerimiento de los reclamantes, de los eventuales ‘hechos de hostigamiento o agresiones o amenazas inminentes’ que provoca la presencia policial en la zona urbana de situación, una de las alternativas que pueden manejarse desde la jefatura de Policía es excluir del diagrama policial los rondines, patrullas motorizadas y peatonales en el barrio Virgen Misionera”.

La Jueza le respondió en duros términos: “La insólita ‘propuesta’ del Ministro no puede soslayarse, ya que implica desentenderse de la seguridad de los barrios si no se admite el accionar ilegítimo de ciertos agentes policiales. Esto aparejaría además la virtual creación de zonas liberadas y el enfrentamiento entre vecinos”.

El fallo detalla que “la policía reconoció la existencia de motos sin patente, lo que en una institución oficial de seguridad de una sociedad democrática es inexcusable”. También se reconoció en audiencia -con diversos justificativos- la falta de identificación de los agentes.

“Toda la información brindada por el Ministerio de Seguridad versa sobre cuestiones referidas a la aprehensión de personas menores de edad, cuanto estos aparecen como autores presuntos de delitos”, explicó Pájaro, pero recordó que “sin embargo, en los hechos de que da cuenta el expediente, no se ha ni mencionado, ni acreditado ni verificado un solo hecho delictivo imputable a niños, niñas o adolescentes en ocasión y lugar aledaño a los establecimientos”. Más bien “los estudiantes aparecen como víctimas y directos destinatarios de conductas inapropiadas, de hostigamiento y persecución, de amedrentamiento de personal policial en actitudes de claro e injustificado abuso de poder”.

Para el Movimiento de Infancia, la sentencia de la Jueza de Familia deja en claro que estas “acciones de violencia policial estarían enmarcadas en que popularmente se conoce como ‘portación de cara’, ser joven, transitar un barrio humilde y vestirse de cierta forma transforma a los jóvenes en objeto de persecución policial infundada”.

(Fuente: En Estos Días)