Fallo con luz verde para el fracking en municipios

(ADN).- El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro declaró inconstitucional la ordenanza sancionada por el Municipio de Fernández Oro en 2017 que prohibía la aplicación de la técnica de la fractura hidráulica en su ejido con el propósito de garantizar a su población el goce del derecho a un ambiente sano y la protección del agua y las tierras productivas, indica una publicación de OPSur del jueves último.

El fallo del máximo tribunal de la provincia, del 5 de julio, no sólo reitera lo actuado en 2013 -dice OPSur- cuando se pronunció de manera similar ante la ordenanza contra el fracking sancionada por el municipio de Allen, sino que además, con la imposición del pago de costas de cien mil pesos al municipio de Fernández Oro, le traslada una carga que resulta una medida disciplinadora.

«Ese coste podría asumirlo la parte demandante -la petrolera de bandera YPF y su subsidiaria YSur-, sin variar significativamente sus finanzas; en lugar de quienes intentaron garantizar y ampliar los derechos de la ciudadanía» señala la publicación.

Se especifica que «una vez más, desde la cúpula del Poder Judicial rionegrino, al amparo de la pretendida asepsia del debate sobre la constitucionalidad de una ordenanza municipal, se consagra un modelo político y productivo que es rechazado por el pueblo de la provincia. Porque tanto las ordenanzas sancionadas en Fernández Oro y Allen, como las que desde 2012 fueron aprobadas en los municipios de Cinco Saltos, Conesa, Coronel Belisle, Chimpay, Choele Choel, Lamarque, Luis Beltrán, Pomona, Viedma y Villa Regina y las impulsadas en la ciudades de General Roca y Cipolletti, son la expresión del pueblo rionegrino que demanda no sólo la protección del ambiente, amenazado por al ampliación de la frontera extractiva y la aplicación del fracking, sino también la profundización de la democracia, que se garantice a la ciudadanía poder decidir sobre el modelo productivo a implementarse».

Esta situación no sólo se vive en Río Negro, también en diciembre el Superior Tribunal de Justicia de Neuquén declaró inconstitucional la ordenanza sancionada por el municipio de Vista Alegre, que prohibía la aplicación del fracking en su ejido; mientras que en Mendoza la Justicia desestimó los recursos de amparo que buscaban frenar un proyecto piloto de aplicación de la fracturación hidráulica en Malargüe.

Estos fallos ponen de manifiesto la profunda fractura que existe entre la interpretación de las leyes y los derechos que demanda la población.

Fuente: Observatorio Petróleo Sur