Derribando Mitos: Deuda Externa Argentina

Se debe “honrar” la totalidad de la deuda o se debe pagar sólo lo que corresponde?
“Las deudas se pagan. Las estafas no.” Alejandro Olmos

(Por María Jesusa Izaguirre*) .-La deuda externa es la suma de las deudas que tiene un país con entidades extranjeras. Se compone de deuda pública (la contraída por el Estado tanto nacional como provincial)) y deuda privada (la contraída por empresas y particulares).

Durante estos dos siglos hemos escuchado siempre que el financiamiento externo es la clave para el desarrollo del país. Pero lo que no nos dijeron ni dicen cada vez que toman la palabra los portavoces del endeudamiento, es que del otro lado del mostrador del “sistema financiero internacional” no hay simples e inocentes prestamistas dispuestos a hacer alguna ganancia, sino un complejo y bastante perverso sistema que a través de la usura transfiere ingentes recursos y somete a las naciones independientes. El endeudamiento ha sido históricamente una de las formas de la dependencia de Argentina y por tanto el mecanismo por el cual nuestro país ha perdurado en el subdesarrollo. Desde la última mitad del siglo XX resultaron, además, una herramienta de disciplinamiento económico por parte de los organismos financieros internacionales, obligando a los deudores a aplicar duras políticas de ajuste para garantizar los compromisos asumidos, y también, un modo de descargar las crisis sistémicas en los países periféricos. Los flujos que ingresan parten de vuelta multiplicados con creces a sus lugares de origen. Asemejan, más bien, un agujero negro del espacio que traga, junto a nuestras riquezas, las esperanzas de un futuro mejor.

Debemos recordar que el grueso del endeudamiento argentino comenzó con la dictadura civico-militar de 1976 que impuso el terrorismo de Estado causando miles de víctimas para posibilitar la concreción de un plan económico perverso y lesivo para los intereses nacionales y populares. Se instauró a partir de entonces en nuestro país lo que en un futuro se conocería mundialmente como“la financierización de la economía” que no es nada más ni nada menos que la transformación de una economía de producción en una economía de especulación. Con el fuerte predominio actual de las finanzas en la economía mundial se ha producido el dilema entre soberanía nacional y globalización financiera. El endeudamiento externo ha ido sacrificando cada vez más la soberanía jurídica de los países deudores a los intereses de los acreedores beneficiando un nuevo tipo de piratería financiera de formas aparentemente legales promovida por los llamados “fondos buitres “cuya finalidad y especialidad es la adquisición de deuda de países en severas crisis económicas a precios irrisorios y con intereses de repago usurarios resolviendo los posibles pleitos en tribunales estadounidenses, británicos u otra potencia extranjera.

Así, vuelve a cobrar vigencia una doctrina argentina sobre la deuda expuesta a fines del siglo pasado XIX y principios del XX por dos eminentes juristas: Carlos Calvo y Luis María Drago. Calvo, en su obra más célebre Derecho Teórico y Práctico publicada por primera vez en 1868 expone dos principios básicos que justifica y desarrolla: 1) los Estados soberanos gozan del derecho de estar libres de cualquier forma de interferencia por parte de otros Estados; 2) Los extranjeros tienen los mismos derechos que los nacionales y, en caso de pleitos o reclamaciones, tendrán la obligación de utilizar todos los recursos legales ante los tribunales locales sin pedir la protección e intervención diplomática de su país de origen. Los pleitos con extranjeros deben ser solucionados por tribunales locales. Una doctrina que muchos países latinoamericanos incluyeron en sus constituciones o leyes y que fue rechazada por los Estados Unidos en defensa de los intereses de sus ciudadanos por entender que sus propiedades en el exterior podían quedar amenazadas.

Según el Observatorio de la Deuda Externa de la Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo (ODE-UMET) desde la llegada de Mauricio Macri a la presidencia, las emisiones de deuda totalizaron 132.969 millones de dólares. Y según la Agencia de noticias financieras Bloomberg, la Argentina es el mayor emisor de deuda soberana para el período 2016-2018 cuando se lo compara con sus pares emergentes en moneda extranjera. Es la primera vez en la historia argentina que se contrae semejante nivel de deuda en un lapso tan breve de tiempo y resulta aún más inédito que entre esas deudas existen las que tienen plazo de 100 años comprometiendo de ese modo a varias generaciones futuras. Cabe destacar que esas negociaciones sobre la deuda fueron realizadas por el actual Ministro de Finanzas Luis Caputo sospechado de la obtención de beneficios personales en dichas negociaciones, y es quien casualmente ha sido interpelado recientemente por una bicameral parlamentaria a efectos de dar cuenta sobre la propiedad de empresas offshore no declaradas como tales en nuestro país y cuya descargo fue cuando menos insuficiente por no calificarlo de bochornoso.

La deuda existente antes del advenimiento de la dictadura cívico militar de 1976 era de aproximadamente 7.500 millones de dólares y al final de ese oscuro y sangriento periodo de nuestra historia la cifra ascendía a 45.000 millones de billetes verdes (600%). Esta multiplicación escandalosa se debe, en parte, a la decisión adoptada por el entonces presidente del Banco Central Domingo Cavallo de asumir en nombre del estado las deudas de grandes grupos económicos privados, lo que se conoció como la famosa “estatización de la deuda” en 1982. Algunos de estos grupos eran: Citibank, Celulosa Argentina, Loma Negra, Acindar, Alpargatas, Pérez Companc, Bridas, Aluar, Cogasco, IBM, entre otras grandes empresas multinacionales y “nacionales”. En esa lista de empresas privadas que transfirieron sus pasivos al conjunto de la sociedad, se destacan Socma y Sevel, propiedad de Franco Macri, padre del actual presidente. Al menos la mitad de la deuda externa era en realidad deuda privada estatizada. Este procedimiento de endeudamiento del Estado por un gobierno de facto haciendo cargo al conjunto de la sociedad de deudas privadas de grandes empresas generó una causa judicial llevada a cabo por Alejandro Olmos en donde se denunciaba el carácter ilegítimo e ilegal del proceso de endeudamiento.

Alejandro Olmos fue un político, periodista e historiador argentino, una de las mayores autoridades en el estudio de la deuda externa que llevó a cabo un largo proceso judicial denunciando la ilegitimidad de la deuda contraída con los organismos internacionales de crédito por parte de varios gobiernos argentinos considerando que es la mayor estafa contra los argentinos ya que esa deuda externa es una deuda ilegítima o deuda odiosa. Hacia el fin de la última dictadura cívico militar , el 4 de abril de 1982 presentó una querella contra su ministro de economía José Alfredo Martínez de Hoz y otros funcionarios del gobierno por la contratación de la deuda externa, de la que afirmaba se había tomado de manera ilegal.

A raíz de estos estudios el ´presidente Alfonsín envió al Congreso la iniciativa para crear una comisión bicameral a fin de realizar una investigación sobre el origen de la deuda, cosa que nunca prosperó. El Banco Central creó un equipo para investigar las cuentas y detectar las irregularidades en la contabilidad de la entidad monetaria, pero en 1986 el director de Deuda Externa Carlos Melconian ex presidente del Banco Nación y uno de los principales asesores económicos del presidente Mauricio Macri, anuló la investigación. El juez federal en lo criminal Jorge Ballesteros dio por terminada en forma definitiva la causa Olmos el 13 de julio de 2000, dándose por probados más de 470 ilícitos. Sin embargo, se declaró que dichos delitos estaban prescriptos, por lo que ninguno de los implicados enfrentó pena alguna. Si bien este fallo calificó con carácter de sentencia firme a la deuda externa como «ilegítima y fraudulenta” allí quedó estancada ya que ningún gobierno de la democracia realizó análisis alguno sobre la ilegalidad e ilegitimidad de nuestra deuda eterna la que siguió pagándose en más o en menos pero en forma serial.

El caso de Costa Rica es un ejemplo que no debemos olvidar. Se sometió ante el Tribunal Internacional de La Haya y logró que la mayor parte de su deuda contraída bajo un gobierno de facto sea anulada. Allí se aplicó el concepto de “deuda odiosa” según la cual no son exigibles las deudas que reúnan las siguientes características: a) que no haya sido contraída por representantes legítimos del pueblo; b) que las sumas prestadas no hayan sido utilizadas en beneficio de la población; c) que los acreedores hayan conocido, al momento de otorgar los préstamos, que contrataban con representantes ilegítimos del pueblo y que el destino de los fondos no era el bienestar del mismo. Todos estos requisitos se dan claramente en el caso de la deuda externa argentina.
Ya es tiempo de que nuestros legisladores nacionales, haciendo uso de sus facultades procedan al armado de una bicameral para investigar no solo lo actuado por Luis Caputo, el ministro de Finanzas, llamado en medios internacionales como “el campeón de la deuda externa”, sino también proceder al estudio del origen de la totalidad de la deuda externa argentina para determinar qué parte de ella es legítima y que parte no lo es. Es hora de rendir los honores que corresponden a Alejandro Olmos, hoy ya fallecido y lamentablemente poco recordado, que sentenció : “Las deudas se pagan la estafas no.”

* Lic. En Economía
Luis Beltrán-Río Negro