Prisión de 12 años por abuso sexual en Viedma

Los jueces del tribunal, Ignacio Gandolfi, Favio Corvalán y Adrián Miguel Dvorzak, impuso una pena de 12 años de prisión a un hombre por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia preexistente. La víctima es una niña hija de la pareja del condenado.

La pena se conoció hoy y la semana pasada el imputado ya había sido declarado culpable. El tribunal tuvo por acreditada la teoría del caso sostenida por la acusación, que fue llevada adelante por los fiscales Juan Pedro Puntel y Mariana Giamonna. En representación de la querella, actuó Favio Martin Igoldi.

Para el juez Gandolfi,“la acusación ha acreditado las proposiciones fácticas de su teoría del caso, teniendo por demostrado el hecho investigado y la intervención del imputado en éste en calidad de autor, conforme a la calificación legal escogida por el Ministerio Público Fiscal” y para los magistrados quedaron demostrados los abusos cometidos cuando la niña aún estaba en edad de cursar la primaria, en reiteradas ocasiones. Los hechos fueron relatados por la víctima en su entrevista en Cámara Gesell.

El acusado, de poco más de 30 años, mantenía una situación de guarda con la víctima, ya que estaba en pareja conviviente con la mamá de la niña. Las situaciones de abuso se reiteraron durante un año aproximadamente.

El fallo también consideró relevante el relato de las amigas de la víctima, también en Cámara Gesell, el testimonio de psicólogos y exámenes médicos.

En cuanto al monto de la pena, “las características de los hechos consumados, el modo en que se cometieron, de forma crónica no violenta, sigilosa, en horas de la noche y madrugadas, sostenidas en el tiempo, con una clara estrategia de impunidad y actitudes amenazantes para con la víctima; las consecuencias inconmensurables que una agresión sexual puedan llegar a causar en la víctima, hacen razonable y proporcional la pena que se impone; los hechos cometidos por el imputado demuestran un notable desprecio, ofensa y degradación hacia la menor mujer, por su condición de tal, además hijastra del mismo”.