Fin del relato: Sólo el 6% de los delitos son cometidos por menores

(ADN).- En Viedma sólo el 1,5% de los delitos graves fueron cometidos por adolescentes. Esta proporción se sostiene con pocas variaciones en el territorio provincial, en el cual sólo el 6% de los delitos tuvieron como protagonistas menores de edad. El dato corresponde a estadísticas del 2016, que realizó el Ministerio Público. Y desbaratan el discurso que pretende sostener la baja de imputabilidad.

Desde hace al menos un año, en Argentina se instaló el relato de la incidencia de los menores en el delito «porque no son imputables». La lógica de ese pensamiento (erróneo) es que «son utilizados como mano de obra porque no pueden ir presos». Y frente a esta falsa realidad, desde diferentes sectores políticos cimentan la idea de modificar la ley, para que los niños de 14 años puedan ser detenidos y sometidos a proceso penal, tal cuál ocurre con los mayores de 18.

«La Policía no puede hacer nada porque son menores», se escucha habitualmente. Pero estas estadísticas ponen límites al delirio represivo y da por tierra con los argumentos anti garantistas (o abolicionistas, como prefieren decir los críticos de la doctrina Zaffaroni) porque develan la baja participación de esa franja etaria en hechos delictivos.

La Procuración General publicó la participación de la defensora General, Rita Custet, de un debate acerca de la “Responsabilidad Penal Juvenil”, donde se refirió a la necesidad de repensar la función de los operadores jurídicos y del sistema integral de protección de la niñez, desde la perspectiva de género, enfatizando en la necesidad de no soslayar la importancia que tienen los parámetros culturales a la hora de formar una adolescencia más sana y menos vulnerable.

Ante un auditorio conformado por alumnos de la escuela de cadetes e instituciones secundarias y referentes de juntas vecinales, destacó la importancia de la reflexión crítica acerca los hechos de la realidad, para aplicarlos luego al derecho o a cualquier política pública.

“Es importante en primer término conocer datos concretos de la realidad: en Viedma sólo el 1,5% de los delitos graves en 2016 fueron cometidos por adolescentes. Esta proporción se sostiene con pocas variaciones en el territorio provincial en el cual sólo el 6% de los delitos son cometidos por adolescentes”, comenzó explicando.

“De este número de adolescentes que efectúan conductas antisociales, los delitos graves -aunque remarcando su escaso porcentaje- están mayormente cometidos por varones (87.7%) y eso – consideró- está directamente relacionado con la educación que reciben y que sostiene estereotipos en los que la masculinidad se construye desde la óptica del patriarcado”.

El Estado debe cambiar de lentes a la hora de revisar las conductas de los adolescentes que emergen bajo estas estructuras. “Se debe reflexionar y cuestionar acerca de jóvenes cuya masculinidad es construida a partir de la competencia, la fuerza física, la sumisión de la mujer y su reclusión al ámbito privado”.

“La mirada de género permite develar que esta construcción de masculinidades y su reproducción es la que lleva a los adolescentes a ejercer acciones violentas en contra del orden social y, en muchos casos, a transgredir la ley penal”, expresó.

“El sistema penal juvenil de Viedma – opinó- se encuentra atravesado por esta imposición de una masculinidad violenta, vulnerable y vulnerada. Por ello, como operadores jurídicos debemos revisar y reflexionar críticamente respecto de las creencias con las cuales hemos sido socializados, como parte de esta sociedad patriarcal, a la hora de pensar políticas públicas que construyan medidas socioeducativas que realmente contribuyan a la deconstrucción de una cultura que determina masculinidades violentas que los jóvenes no eligen, al contrario, les vienen impuestas desde la temprana socialización”.

Custet agregó que, a partir de allí, “podremos generar nuevas identidades de referencia que conlleven la reintegración social de los niños”.

“Es fundamental que, desde el Estado y los tres poderes que lo conforman, se advierta el poder simbólico que tiene el Poder Judicial en la intervención en la vida de los adolescentes y no soslayar el análisis del contexto social en el cual se forman, bajo nuestra responsabilidad como adultos. Por ello debe necesariamente haber una perspectiva de género a la hora de repensar en políticas públicas y a la hora de evaluarlas como respuestas dentro de un régimen penal juvenil”, finalizó.

Las jornadas fueron organizadas por la Subsecretaría de Derechos Humanos, en el marco del programa «Construcción Colectiva» y contaron con la presencia de operadores judiciales de Río Negro y Neuquén, la Subsecretaria de Derechos Humanos del Municipio y del propio intendente, José Luis Foulkes, que las inauguró.

El fin restaurativo del derecho penal
Acerca del derecho penal juvenil también se refirió la Defensora de Menores Penal, Patricia Arias, quien es taxativa al enfatizar en el objetivo restaurativo que tiene. “Toda decisión que se tome en torno a un joven sometido a proceso penal no puede apartarse de los principios de la prevención especial”. La cárcel “produce efectos muchos más nocivos en los jóvenes que en los adultos porque no rehabilita a nadie, al contrario, opera como puerta de entrada a la carrera delincuencial”.

“Cualquier determinación debe primero ser tamizada por lo que impone la Comisión Internacional de los Derechos del Niño. De ella y de los instrumentos internacionales que forman parte de la ley 4109, surge la aplicación ultrarestrictiva de la pena privativa de libertad”, explica.

Arias destaca que “el sistema penal de jóvenes se sustenta en el derecho penal mínimo, y ello significa que la expectativa de pena siempre es la última de las posibilidades, una vez que fracasan todas las instancias previas y menos agresivas de resolución del conflicto penal”.

“Esto es así – explica- porque existe una capacidad disminuida, incontrastable empíricamente, ya que las condiciones en que un joven participa en un proceso nunca pueden ser iguales a las condiciones en que participa un adulto, en función de sus diferencias en su desarrollo físico, psicológico y en sus necesidades emocionales y educativas”.

Esta situación debe implicar un “trato diferenciado, es decir debe aplicarse una menor cantidad de poder punitivo con relación a la que correspondería a un adulto en iguales circunstancias atendiendo especialmente al objetivo de reinserción social”. “Se trata de atender a las especiales características de cada joven y promover la construcción de ciudadanía, autonomía y responsabilidad”, agregó la defensora.

“El encierro no cumple función alguna en este sentido. Imponer una pena de efectivo cumplimiento, constituye un obrar en términos de retribución y venganza, nunca de reeducación”, finalizó.

¿Qué dice la ciencia?
De la discusión de un modelo de de justicia penal que iguala a los jóvenes con los adultos, la ciencia también tiene algo para decir.

Ezequiel Mercurio, médico especialista e integrante del cuerpo de peritos de la Defensoría General de la Nación, expresa que “la neurociencia aporta nuevos descubrimientos con relación al desarrollo durante la adolescencia, revelando que la región prefrontal no se encuentra completamente desarrollada hasta el final de la misma y las regiones relacionadas con lo circuitos emocionales presentan un aumento de su actividad”.

Caracteriza el comportamiento de los adolescentes la inestabilidad emocional, la falta de control de los impulsos, las dificultades razonamiento moral y la falta de una valoración adecuada de los riesgos. Por ello – agrega- se impone la necesidad de pensar sistema judicial para jóvenes en conflicto con la ley basado en esas características propias y particulares dentro de las cuales destaca que el nivel de desarrollo madurativo aún no finalizó.

Afirma además, que “las modernas investigaciones neurocientíficas aportan otras perspectivas al momento de analizar la importancia de un régimen penal especial para jóvenes en conflicto con la ley”.