Multan a tarjeta Cencosud por gastos no realizados

(ADN).- La justicia rionegrina condenó a la tarjeta Cencosud S.A. a abonarle a un cliente 8.000 pesos por gastos no realizados. Dispuso rectificar el resumen eliminando los dos consumos no ejecutados. Y ordenó el inmediato cese de los llamados telefónicos desde el área de cobranzas intimando el pago de las sumas referidas.

La sentencia fue dictada por la jueza de Paz de Cipolletti, Gabriela Lapuente.

El caso se inició cuando el cliente advirtió dos consumos (por 100 dólares cada uno) que él no había realizado. Entonces hizo el reclamo telefónico y luego envío una carta documento. Al no obtener respuestas, se presentó en el Juzgado de Paz con el patrocinio de un abogado y canalizó la demanda a través de la menor cuantía. Los representantes de la firma Cencosud S.A. no se presentaron a la audiencia de conciliación.

Parte de la resolución dice: «resulta atendible la pretensión ejercida por el actor toda vez que la demandada ‘CENCOSUD S.A.’ no ha comparecido a derecho a ejercer las defensas o excepciones que puedieren corresponder, no obstante estar debidamente notificada de comparendo conforme surge de fs. 20 y vta. Que constituía esta instancia la oportunidad de que las partes arribaran a un acuerdo que pusiera fin a la controversia y/o que la demandada controvierta los dichos de la actora, lo que no ha ocurrido por incomparendo de ‘CENCOSUD S.A.’. Que resulta verosímil lo manifestado por el actor con la prueba documental acompañada. Que sin perjuicio de lo dicho y considerando que las sumas reclamadas en concepto de daño directo y punitivo, son excesivas, habré de establecer, el primero de ellos, es decir, el daño punitivo, en la suma de $ 3.000.- y el daño punitivo, en la suma de $ 5.000».