El FpV define hoy su voto para la sesión legislativa de mañana

(ADN).- El bloque de legisladores del Frente para la Victoria definirá esta mañana, en una reunión prevista para las 11, como votará en la Cámara durante la sesión del viernes cuando se traten los proyectos del pliego de licitación del agente financiero de la provincia y la autorización de endeudamiento por emisión de letras, pedido por el Ejecutivo rionegrino.

En cuanto al pliego de licitación del ente crediticio que oficiará de agente financiero de la provincia, el FpV hizo ayer en el plenario de los bloques un dictamen de minoría donde sugiere una serie de modificaciones respecto del proyecto del oficialismo. En este tema pesan la opinión de algunos intendentes de localidades que han pedido apertura de sucursales bancarias o habilitación de cajeros automáticos, donde los propios legisladores fueron los gestores de los requerimientos.

Sobre apoyar una nueva emisión de letras y el endeudamiento del Estado rionegrino, si bien este año ya acompañó una iniciativa similar, ahora no hay una posición definida. Por un lado hay una mirada crítica a la administración Weretilneck y la asignación de recursos -que se observó en el tema de los bonos petroleros- pero asimismo hay un acompañamiento a los reclamos del sector del trabajo preocupado por la escasez de fondos y los pagos de salarios y el aguinaldo de fin de año.

Según pudo saberse los legisladores llegan a la reunión de esta mañana con posición mas o menos acordada mayoritariamente, aunque se conocieron algunas posiciones distintas de un par de diputados.

Agente financiero
En cuanto a lo convenido en el tema del pliego del agente financiero hay algunos temas claves, como por ejemplo establecer un plazo de concesión de diez años, mientras que el canon anual ofrecido, para el supuesto de renovación automática, no debe ser inferior, en cada año respectivo, a los valores de Canon Mínimo Anual, fijado en el 0,25%.

También se propone una modificación del artículo 3° del pliego, y se crea una Comisión de Fiscalización de los Servicios Financieros y Bancarios para el Control, Fiscalización y Seguimiento de los servicios que presten a la Provincia en los términos del referido contrato, integrada por 15 miembros titulares permanentes e igual cantidad de suplentes, quienes intervendrán en caso de inasistencia, imposibilidad física, renuncia o fallecimiento del miembro titular.
La Comisión tendrá tres representantes de la Legislatura Provincial, dos por la Mayoría y uno por la Minoría; un
representante del Poder Ejecutivo provincial; un representante del Poder Judicial de la Provincia; un representante de la Fiscalía de Estado;cinco integrantes de las entidades gremiales con mayor representación en el territorio provincial: UNTER; UPCN; ATE; SITRAJUR y APEL; un integrante que represente a las asociaciones de consumidores con mayor injerencia en el territorio provincial; uno por la federación de mutuales; un integrante por la federación de cooperativas y un integrante por la federación de entidades empresarias de Río Negro.-

Será función de la Comisión de Fiscalización de los Servicios Financieros y Bancarios, supervisar, inspeccionar y auditar el servicio que preste el Agente Financiero y Caja Obligada de la Provincia de Río Negro, quedando ampliamente facultada para llevar a cabo su cometido, instando los procedimientos y medidas coercitivas que resulten necesarias.

Se propone que «El adjudicatario brindará las prestaciones previstas en el contrato a partir de la suscripción del mismo y por un plazo de diez años (10) años.-”

En cuanto al plan de inversión -sostiene el FpV- que el adjudicatario deberá garantizar que dentro de los dos (2) años posteriores a la suscripción del contrato, las localidades de más de 5.000 habitantes -de acuerdo a las proyecciones del Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) para el año de la adjudicación- cuenten con sucursal o centro de atención reconocida como tal por el B.C.R.A..

En el primer año deberá concretar la instalación del 50% de las sucursales o centros de atención que correspondieren y durante el segundo año el 50% restante, a establecer a través de sorteo público.

En las localidades de más de 2.000 habitantes -de acuerdo a las proyecciones del Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) para el año de la adjudicación- se deberá garantizar, que en el plazo de ciento ochenta (180) días -desde la suscripción del contrato- el oferente tenga al menos un cajero automático habilitado y reconocido como tal por el B.C.R.A., salvo que se acrediten razones de fuerza mayor, las que serán evaluadas y deben contar con la aprobación por dos tercios (2/3) del total de los miembros que integran la Comisión de Fiscalización de los Servicios Financieros y Bancarios.

En otro orden, la Comisión de Fiscalización de los Servicios Financieros y Bancarios impulsará la habilitación de sucursales o centros de atención en virtud de las distancias de éstas localidades con la sucursal más cercana, por ejemplo en las localidades de Valcheta y Comallo.

Asimismo deben instalarse cajeros automáticos con carácter prioritario y en el plazo de ciento ochenta (180) días, en todas aquellas localidades que se encuentren con resolución judicial firme en tal sentido. (Ejemplo: Pomona, San Javier, Valle Azul, etc).

En forma complementaria, el Oferente deberá indicar, el detalle de las nuevas filiales/ Cajeros automáticos y el cronograma de las inversiones durante la duración del contrato.”

Sobre el Plan de Negocios, deberá considerar como eje prioritario contribuir al financiamiento de la actividad productiva en la provincia de Río Negro y al desarrollo local, destinando como mínimo el 20% (veinte por ciento) del capital prestable a dichas actividades.

Esteo Plan de Negocios deberá garantizar la instrumentación de líneas de financiamiento para Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes), para Investigación y Desarrollo (I+D) aplicado a la innovación productiva, para Comercio Exterior y estímulo a las exportaciones, para el Sector Agropecuario, para el Sector Industrial, para equipamiento del sector público municipal y comunal, para Situaciones de Emergencia por Catástrofes Naturales, ya sea inundaciones, sequía y otros desastres climáticos y para otras cuestiones que el Oferente incorpore en relación al financiamiento de la actividad productiva. Así también la responsabilidad social empresaria destinando a la misma un porcentaje no menor al 1% (Uno por ciento) calculado sobre el capital prestable. Principalmente deberá contribuir con las personas con capacidades diferentes, la promoción del deporte, la educación, el arte, la cultura y con el medio ambiente.

Lo anteriormente referido deberá ser dirigido exclusivamente a personas físicas y jurídicas con domicilio dentro del territorio provincial.

El Oferente deberá presentar una descripción en detalle de las líneas de crédito ofrecidas para los fines arriba expuestos. En función de esto, se exigirá la siguiente información: cantidad de líneas de crédito y montos, relación de las tasas de interés ofrecidas con las tasas del mercado y plazos de financiación.
Sólo se consideraran aquéllas líneas de crédito cuya viabilidad se sustente en las variaciones del capital prestable.

El Oferente deberá presentar detalle de los convenios con otras entidades o instituciones que contribuyen al cumplimiento de los objetivos del plan de negocios, sus antecedentes referidos a la prestación de los servicios o a la ejecución de las acciones propuestas en el mismo, y detalle de la experiencia y de la calificación profesional del personal vinculado al desenvolvimiento y cumplimiento de Plan.”

El FpV propone incorporar al pliego de “Bases y Condiciones para la selección de una Entidad Financiera que actúe como Agente Financiero y Caja Obligada, los siguientes puntos: la totalidad de los cajeros automáticos instalados deberán contar, en un plazo máximo de doce (12) meses desde la adjudicación, con adaptación para discapacitados audiovisuales; los cajeros a instalarse, deberán obligatoriamente tener incorporadas las adaptaciones referidas en el párrafo precedente”

También incluye que el adjudicatario está obligado a ocupar personas con capacidades diferentes, que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4 %) de la totalidad de su personal.

En el tema de las colas y espera en la atención al público, se propone que el Agente Financiero deberá indemnizar en forma automática e inmediata al usuario o consumidor cuando el tiempo de espera para los trámites previstos en el artículo 45° de la Ley D N° 2.817 supere el plazo establecido. La indemnización consistirá en el pago de la suma equivalente a un tercio (1/3) del importe fijo establecido en el Artículo 17°, inc. a) in fine, de la Ley N° 5.099, por cada quince (15) minutos cumplidos de demora, por encima del plazo de 30 minutos de tolerancia. Ello sin perjuicio de las sanciones que correspondan a la entidad bancaria por la aplicación de la normativa vigente en la materia.”

El agente financiero deberá proveer, en todas las sucursales habilitadas, asientos adecuados, a los fines de la espera en la atención; deberá otorgar especial tratamiento y prioridad en la operatoria que efectúen jubilados y pensionados, ofreciendo mejores condiciones respecto a las existentes en el mercado y celeridad en la atención en cajas y deberá contar con una caja preferencial y exclusiva para todas las operaciones que los jubilados y pensionados deban realizar.”

También el agente financiero deberá contar con sucursales móviles, que pondrán a disposición servicios bancarios y acceso a un cajero automático de manera transitoria. Estas sucursales móviles serán impulsadas a instancias de la Comisión de Fiscalización de los Servicios Financieros y Bancarios, en caso de: localidades de menos de 2000 habitantes -de acuerdo a las proyecciones del Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) para el año en que se soliciten- que se encuentren a más de 50 Km de una sucursal permanente y Centros turísticos en temporada alta.