La Procuración pide confirmar sentencia sobre desbordes cloacales en Roca

La Procuradora General de Río Negro, Silvia Baquero Lazcano solicitó la confirmación de la sentencia dictada por la Jueza de Amparo, Andrea de la Iglesia, quien falló en el marco del amparo colectivo presentado por el Municipio de General Roca, disponiendo el cese y remediación del daño ambiental generado por la descarga de líquidos cloacales en desagües de la ciudad.

La jueza considera procedente la acción de amparo presentada y la resuelve disponiendo que, en forma coordinada, Aguas Rionegrinas SA, el Departamento Provincial de Aguas y el Poder Ejecutivo Provincial, tomen las medidas necesarias para que termine el daño ambiental que se está produciendo y que sea recompuesto el perjuicio ocasionado en el medio ambiente.

Las descargas denunciadas se realizarían en los desagües que van desde la calle Mendoza a Jujuy y el trayecto sobre esta última desde la Ruta 22 hasta la calle Perú. La jueza dispone además que se mitiguen los efectos nocivos que generan los agentes contaminantes y se prevenga cualquier probabilidad de agravamiento.

Entre otras medidas, requirió también que las partes consensúen un Plan Integrado de acción, con participación plena y la inclusión de referentes del Municipio, en el que se organice y presente un Informe Público Ambiental con datos actualizados acerca del proceso de remediación de la zona afectada.

Ante esta sentencia las partes implicadas apelaron en idénticos términos argumentando, entre otros aspectos, que la sentencia es arbitraria así como lo son las medidas dispuestas por la magistrada que interviene y que no se encuentra probado el daño ambiental.

En primer término la Procuradora General consideró que no pueden ser aceptados estos recursos de apelación ya que los amparos colectivos ambientales (Ley B 2779) permiten tales cuestionamientos sólo antes sentencias denegatorias. No obstante abunda en los puntos cuestionados, entendiendo además que no son suficientes los argumentos de los mismos a los que considera discrepancias de criterios que no logran rebatir la sentencia. Finalmente sugiere al máximo Tribunal que la misma sea confirmada.