Otro capítulo judicial entre Roca y ARSA por escurrimiento de líquidos

(ADN).- En otra instancia del cruce judicial entre la Municipalidad de General Roca y la empresa Aguas Rionegrinas por el escurrimiento de líquidos en diferentes sectores de la ciudad, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja que presentaron dos apoderados de la provincia contra la sentencia de una jueza de Roca que impuso a ARSA una multa de $1.000 por día en cumplimiento de medidas cautelares.

La resolución del STJ, emitida el viernes 3, alude al recurso de queja interpuesto por los apoderados de la provincia, abogados Ignacio Andrés Racca y Francisco López, contra la sentencia interlocutoria de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca que denegó el recurso de casación formulado por demandada Aguas Rionegrinas SA.

En su momento, la jueza Andrea V. de la Iglesia ordenó hacer efectivo el apercibimiento respecto a ARSA por $ 1.000 diarios.

Concretamente, el 8 de julio de 2015 la jueza consideró que ARSA no dio cumplimiento al compromiso asumido en la audiencia celebrada el 2 de julio para garantizar el escurrimiento fluido de las aguas en diferentes sectores de la ciudad y, en consecuencia, ordenó imponer la referida multa.

Por su parte, los apoderados alegaron que todas las tareas ordenadas por la jueza fueron realizadas y se encuentra su cumplimiento acreditado en estas actuaciones, pese al “empecinamiento de la actora (Municipalidad) por obtener la aplicación de astreintes” o multa diaria.

Por su parte, el juez Ricardo Apcarián sustentó que la jueza de Roca hizo lugar a lo peticionado por el municipio ante “los incumplimientos de las medidas comprometidas en oportunidad de celebrarse la audiencia del 10 de agosto de 2015, razón por la cual no se configura uno de los supuestos previstos como recurribles en el marco normativo señalado”.

Otro juez resumió que en este caso se advierten múltiples planteos efectuados por las partes referidos a denuncias por incumplimientos de obligaciones o cargas asumidas en el proceso, pedidos en torno a que se dejen sin efecto las astreintes aplicadas, en subsidio, la morigeración de aquellas y su eventual interrupción.