Demanda a Educación por alquiler impago y “ocupación ilegítima”

(ADN).- Un comerciante de Viedma inició una demanda contra el Ministerio de Educación y Derechos Humanos por el cobro de 631.233 pesos en concepto de alquiler impago de un galpón ubicado en el parque industrial local. Los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería se declararon competentes para entender en la causa, generada entre los años 2011 y 2012.

Según consta en el expediente judicial, Carlos Enrique Pazos, titular de un inmueble situado en el parque industrial de Viedma, presentó una demanda contencioso administrativa contra el Ministerio de Educación y Derechos Humanos por el cobro de 631.233 pesos por el alquiler del inmueble que funcionaría como depósito central del organismo.

Señaló que pretende el cobro de “las sumas devengadas por el incumplimiento contractual en que incurrió el Estado provincial, al ejercer ilegítimamente una vía de hecho, consistente en continuar ocupando el inmueble locado durante varios meses posteriores al vencimiento contractual perjudicando económicamente a su parte”.

Aclaró que la causa del reclamo son “actos ilegítimos de la administración pública, generadores de un indudable perjuicio a un administrado, que dimanan, además, del grosero incumplimiento contractual a la obligación de restituir el inmueble al vencimiento del plazo locativo plasmada en un contrato administrativo de locación…”.

Por su parte, la jueza Sandra Filipuzzi consideró que surge de los propios términos de la demanda la afirmación efectuada por parte de Pazos que como proveedor habitual del Estado Provincial arrendó los galpones situados en el inmueble de su propiedad al Ministerio de Educación y Recursos Humanos de Río Negro y que “operado el vencimiento de la locación, sin justificación alguna y sin conformidad del locador, de manera unilateral, sin acto administrativo alguno que lo respaldara en un accionar ilegítimo, continuó ocupando de hecho las instalaciones”.

Agregó que, según Pazos, tenía derecho a ser resarcido por la ocupación indebida percibiendo mensualmente el similar importe que se había pactado contractualmente, toda vez que el Ministerio continuaba en la ocupación del inmueble en las mismas condiciones pactadas, es decir su accionar era una clara extensión de hecho del contrato, emitiéndose de tal manera las facturas motivo del reclamo, las que si bien fueron aceptadas por la locataria y dieron lugar a expedientes de legítimo abono (7909/2014 y 9587/2014), no fueron totalmente canceladas habiéndose realizado pagos a cuenta no aceptados por los argumentos que alega”.