Siguió en Tribunales la polémica incorporación de 43 empleados municipales
(ADN).- El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación que presentó el intendente de Chimpay, Hugo Funes contra la sentencia de la jueza de Choele Choel Natalia Costanzo, quien desestimó el amparo que pretendía que se deje sin efecto la resolución del ex jefe comunal Gerardo Bravo que dispuso llamar a concurso interno para el pase a planta permanente de 43 empleados municipales.
De ese modo, el máximo organismo judicial rionegrino confirmó el 9 de este mes el fallo de la jueza Costanzo.
Entre otras consideraciones, una de las magistradas del STJ sustentó que “los argumentos del apelante (Funes) no resultan suficientes a los fines de demostrar las deficiencias de la sentencia que ataca, por cuanto el amparo sólo procede contra un acto notoriamente ilegal y lesivo de un derecho o garantía constitucional, donde la ilegalidad debe resultar concreta y claramente visualizable, cuestión que no acontece en esta causa”.
En su momento, Costanzo consideró que “no se encuentran acreditados los recaudos de procedibilidad de la acción de amparo, al no ser evidente en forma palpable la existencia de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, como así tampoco se acredita la lesión de derecho o garantía constitucional alguna que permitan la intromisión en otro poder del Estado y el análisis del mérito, oportunidad y conveniencia de sus actos de gobierno, sumado a que no se ha demostrado la inexistencia de otra vía apta para la resolución del conflicto”.
Agregó que se trata de una cuestión que debe ser sometida a los órganos correspondientes que son los ámbitos naturales por dispositivo legal para el planteo de cuestiones como la propuesta en esta acción.