Condenado por grave accidente, pero revertiría su situación procesal

Bariloche (ADN).- El Juzgado Correccional Nº 8 de Bariloche declaró a un automovilista autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo en concurso ideal con lesiones leves culposas (tres hechos) y lo condenó a la tres años de prisión de ejecución condicional y siete años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores. Pero, el defensor penal Marcelo Alvarez Melinger señaló una serie observaciones que podrían revertir la situación del imputado.

Ese funcionario judicial indicó que “la sentencia impugnada vulnera los principios de debido proceso y defensa en juicio”, ocasionando a su asistido “un gravamen personal, concreto, actual y no derivado de su propia actuación”.

Se agravió con el fallo de casación porque “plantea la nulidad de la requisitoria fiscal de citación a juicio en atención a las evidentes carencias del material probatorio relacionado con las pericias de la causa, que el propio juez de instrucción habría reconocido”.

Entendió que la acusación debe contener la prueba de cargo y si la misma no era idónea “no puede tomarse como hábil para poder impulsar el juicio”.

El defensor agregó que se interpuso oportunamente la nulidad del acta del procedimiento policial, por cuanto el testigo que aparece en la misma reconoció expresamente que no sólo no recordaba cuándo le habrían tomado los datos a R. (el automovilista acusado) el día del hecho, sino que jamás le mostraron medida alguna.

Por eso, el funcionario judicial afirmó que “de ningún modo ha sido testigo de aquello que se pretende indicar, ni da fe en los términos de lo que requiere nuestro ordenamiento procesal, resultando en consecuencia el acta mencionada nula de nulidad absoluta por carecer de los requisitos establecidos” por la normativa vigente.

Agregó que, siendo nula el acta, también lo serían todas las pericias consecuentes que toman como ciertos los datos de dichas actas, los cuales “no han sido verificados por ningún testigo”.

Por su parte, la defensora general Rita Custet Llambí consideró que la resolución del Superior Tribunal que declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por la defensa de R. constituye una cuestión federal suficiente para la procedencia del recurso extraordinario presentado a su favor, atento a que “vulnera flagrantemente las garantías del debido proceso legal, defensa en juicio”.