Está vigente ley de licencia por paternidad para empleados públicos rionegrinos

Viedma (ADN).- Desde el lunes pasado, rige plenamente la Ley 5028, que establece el régimen de licencia por paternidad para todos los agentes públicos que se desempeñen en el ámbito del sector público rionegrino.

La licencia por paternidad es de hasta 15 días corridos, contados a partir del día del nacimiento de hijos. En los casos en que se verifiquen nacimientos prematuros, el beneficio se extiende hasta 15 días corridos luego del alta hospitalaria del niño.

Cuando el parto sea múltiple, la licencia acordada  se amplía en 15 días corridos.

La norma también estipula que “la beneficiaria que acredite que se le ha otorgado la tenencia de uno o más niños con fines de adopción, goza de los mismos beneficios previstos en la presente de acuerdo a lo establecido en la Ley L n° 4192. En el supuesto en que la guarda se otorgue al matrimonio o pareja conviviente debidamente acreditada, la licencia correspondiente al agente varón, será de hasta 15 días corridos.

Si durante la licencia por paternidad ocurriera el fallecimiento del hijo, la licencia se interrumpe de inmediato, adicionándosele la correspondiente al fallecimiento

Se concederá licencia de hasta 180 días corridos al agente público varón cuya esposa o mujer conviviente, en aparente matrimonio, falleciera como consecuencia del parto o puerperio o por cualquier otra causa dentro de este período, siempre que el niño continúe con vida. (ADN)