Ratifican prisión condicional a presunto ladrón. Quería devolver $200 en cuotas

Roca (ADN).- Un hombre fue condenado en mayo pasado a tres años de prisión en suspenso por el delito de efracción (ruptura de medidas de seguridad) y con escalamiento, ante lo cual ofreció reparar el daño con $ 200 en cuatro cuotas iguales y consecutivas, pero este mes el Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca.

Rodrigo Maximiliano I. a través de su defensor, señaló que “la sentencia de condena resultó ser consecuencia directa del rechazo del pedido de suspensión del juicio a prueba interpuesto por esa parte como cuestión preliminar en oportunidad de la audiencia de debate”.

Al analizar la admisibilidad del recurso, el Tribunal roquense merituo, en primer lugar, que la Fiscalía de Cámara se opuso a la solicitud del beneficio fundando debidamente su dictamen. Agregó que la resolución que rechazó la primera petición de suspensión del juicio a prueba fue consentida por la parte que hoy se siente agraviada, tanto respecto del procedimiento como de la fundamentación, por lo que concluyo que se pretende reeditar como “cuestión preliminar” una ya precluida.

De los antecedentes de la causa surge que mediante sentencia Nº 125, del 19 de abril de 2013, en ámbito judicial se rechazó “la suspensión del juicio a prueba solicitada a favor de Rodrigo Maximiliano Iris, por considerar irrazonable su ofrecimiento de reparación del daño ($ 200 en cuatro cuotas iguales y consecutivas), dado que estimó que este debía encontrarse entre los $ 2.500 y $ 3.000; en consecuencia, mandó a seguir la causa según su estado. La sentencia fue notificada a la parte el 29 de dicho mes y año.

Posteriormente, según se desprende del acta de debate de la causa principal seguida contra Iris, abierto el 23 de abril de 2014, la defensa planteó como cuestión previa una nueva solicitud de probation, ofreciendo la suma de $ 2.500 pagaderos en cuotas y justificando el diferente ofrecimiento en que en aquel momento el imputado no podía trabajar por haber sufrido daños en el cuerpo y la salud, tal como fue certificado.

Sustanciado el pedido, el Ministerio Público Fiscal se opuso por estimar que la primera decisión denegatoria no había sido recurrida, que el monto no aparecía actualizado y que el imputado tenía otras causas en trámite –por robo con arma impropia- que deben concursarse y obstan a una sentencia de ejecución condicional.

De acuerdo con la versión resumida de lo ocurrido que refleja el acta de debate, la Cámara en lo Criminal rechazó la nueva petición por considerar vinculante la oposición de la Fiscalía, en tanto los argumentos en que esta se funda no son arbitrarios.

Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia rechazo el recurso de queja interpuesto emn estas actuaciones por los doctores Hernán F. Otero y Juan L. Vincenty, en representación de Rodrigo Maximiliano Iris, con costas, y confirmar la sentencia Nº 33/14 de la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca. (ADN)