La reforma al Código Procesal Penal ¿fue correctamente sancionada?

constitucionViedma (ADN).- La legisladora Ana Piccinini, planteó hoy sus dudas sobre si era correcto el orden del día de la sesión extraordinaria convocada por el gobernador Alberto Weretilneck, que incluyó en el temario, además de las dos iniciativas del Poder Ejecutivo en única vuelta, una serie de proyectos para tratar en segunda vuelta.

Explicó la parlamentaria que las sesiones extraordinarias están legisladas en el artículo 135 de la Constitución provincial. Ese artículo dice; “La Legislatura es convocada a sesiones extraordinarias por el Poder Ejecutivo o por propia resolución. El presidente la convoca en caso de petición escrita firmada por la cuarta parte de sus miembros, cuando un grave o urgente asunto lo requiera. La Legislatura sólo trata el o los asuntos que motivan la convocatoria”.

Por otra parte dijo que el Reglamento de la Cámara en su artículo Nº 22 habla de las sesiones ordinarias y extraordinarias: Se considerarán sesiones ordinarias las que se realicen dentro del período que ordinarias va desde el 1o. de marzo hasta el 30 de noviembre de cada año y de su prórroga a su solicitud o del Prórrogas y Poder Ejecutivo y extraordinarias cuando se desarrollen fuera de aquél término y a solicitud del Poder Ejecutivo o por propia convocatoria.

En el artículo N º 26 del reglamento habla de la forma de las sesiones extraordinarias: Las sesiones extraordinarias tendrán lugar en la forma prevista por el artículo sesiones 135 de la Constitución de la Provincia, debiendo citarse con por lo menos siete (7) días de anticipación, expresándose su objeto y origen de la misma. En dichas sesiones sólo podrán tratarse los
asuntos que motivaron la citación.

Ahora la pregunta que se hace Piccinini es ¿Puede el gobernador incluir en la convocatoria expedientes que están en la segunda vuelta?

El artículo Nº 120 del Reglamento de la Cámara dice: “ Tratamiento de las sanciones en segunda: Sin excepción el primer punto del Orden del día en las sesiones ordinarias consistirá en el tratamiento de los expedí presentados para la sanción en segunda vuelta.

Agrega que en el artículo N º 99 del mismo Reglamento Interno , en los apartados 5 y 6 establece que los proyectos en primera vuelta que no fueren sancionados definitivamente dentro de los dos (2) periodos ordinarios en que fueron considerados se tendrán por caducados. (Ley 140)

Piccinini afirma que el gobernador convoca a extraordinarias y “profana un proceso en marcha intrapoder”.

«La ley no es ley todavía, tampoco es proyecto, porque tiene media sanción, por lo tanto en los casos de segunda vuelta, sólo se pueden tratar en sesiones ordinarias, esto es categórico» aseveró.

En esta sesión, el Poder Ejecutivo incluyó en el temario para su tratamiento en segunda vuelta ocho proyectos que estaban aprobados en primera vuelta el 30 de octubre del 2014, entre los que se encontraban el Código Procesal Penal, condonación de servicios de agua, derecho de género, licencia por paternidad, la creación de una comisión y la expropiación de un inmueble, entre otras cuestiones.

«Desde esa fecha, 30 de octubre, hasta el 30 de noviembre, fecha que concluye normalmente el periodo de sesiones, pasaron 30 días, un mes sin sesionar. Si se quería tratar estos temas en segunda vuelta, se tenía la herramienta adecuada, como es la prórroga del periodo ordinario de sesiones», reflexionó.

Por eso para Piccinini el acto del gobernador de incluir el tratamiento de leyes en segunda vuelta, «profanó al Poder Legislativo».

“El Poder Ejecutivo tiene que promulgar las leyes no someter los tratamientos en segunda vuelta”, opinó.

“Ante este silencio de la oposición, todos los proyectos aprobados violando las formas expresas de la Constitución provincial y el Reglamento Interno de la Cámara quedaron sujetos a posibles impugnaciones que sin duda pondrá en crisis su validez”, aseveró Piccinini.