Rechazan acción de funcionarios contra fallo a favor de comunidad mapuche

Bariloche (ADN).- La Justicia provincial desestimó el recurso que presentaron tres funcionarios de la Fiscalía de Estado de Río Negro contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Bariloche que dispuso varias decisiones como medida cautelar de salvaguarda de las tierras reclamadas por la comunidad mapuche Las Huaytecas. Jueces del STJ sustentan que en otra instancia las partes pueden hacer valer sus argumentaciones.

La sentencia, del 17 de diciembre del año pasado, apuntó a la anotación de este litigio en el Registro de Propiedad Inmueble, prohibir la inscripción de transferencias de las tierras a los titulares registrales y evitar a la provincia la emisión o renovación de permisos o certificados de ocupación y la adjudicación en venta.

La Justicia provincial también decretó la medida de no innovar en trámites y obras de los proyectos en ejecución ordenando la paralización de las obras del Consorcio Parcelario Solares de la Comarca, suspender los permisos otorgados y prohibir la emisión de nuevas autorizaciones de aprovechamiento forestal o de guías para transporte de productos forestales o la tramitación a favor de terceros y prorrogar el trámite e implementación de todos los planes de manejo de la Ley de Presupuestos Mínimos de Bosques Nativos que involucren a privados como ocupantes fiscales ajenos a la comunidad.

Además, suspender la ejecución de todo acto que tenga por objeto desalojar integrantes de la comunidad e imponer a la provincia de Río Negro, a través de los organismos pertinentes, el otorgamiento de boletos de marcas y señales a las personas y al Lof que la integran, permisos y guías de transporte para el aprovechamiento forestal comunitario, autorizaciones de quemas de residuos y permisos para la utilización de veranadas cercanas.

Por estas decisiones, los apoderados de la Fiscalía de Estado, Juan Garciarena, Laura Lorenzo y Gustavo Bronzetti presentaron un recurso agraviándose de la sentencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, buscando que varios puntos de la resolución deben ser dejados sin efecto.

Los funcionarios señalaron que si la comunidad Las Huaytecas pretende que el Estado rionegrino le reconozca la propiedad de la tierra que dice ocupar ancestralmente debe suministrar los datos que permitan identificarlo.

Señalaron que “la medida cautelar ha causado mayores conflictos sociales de gran conmoción en la zona Andina, no sólo entre los propietarios con título de dominio sino en ocupantes fiscales con distinto tipo de avance en el cumplimiento de la Ley 279, habiendo propiciado además una serie de denuncias penales efectuadas por ENFOR SA (empresa forestal rionegrina) contra integrantes de la comunidad, empresa que ha implantado bosques con inversión propia”.

Al analizar el caso, la jueza Adriana Zaratiegui aclaró que la sentencia impugnada no es definitiva en los términos que el Superior Tribunal de Justicia ha delineado a fin de analizar la admisibilidad de los recursos de apelación en el contencioso administrativo.

Consideró que en esta causa la cuestión principal no ha concluido y “sólo se intenta impugnar el dictado de una cautelar que no resulta sentencia definitiva en tanto no pone fin a la litis ni impide su continuidad”.

Confirmó que se encuentra iniciado el correspondiente proceso contencioso administrativo donde se determinará en definitiva la procedencia del objeto peticionado por la comunidad y donde la provincia y los demás afectados podrán defender sus derechos. (ADN)