Repudiamos nuevo Código Civil ● Asamblea de Bariloche contra la Megaminería

Desde la Asamblea de Bariloche contra la megaminería, repudiamos la aprobación del nuevo Código Civil y Comercial, por las maneras apuradas y prepotentes de impulsar este proyecto. No solo careció de instancias profundas de debate en Diputados, sino que su aprobación atenta contra derechos fundamentales y estructurales de la democracia.

Si bien se podrían destacar algunos aspectos positivos, como el divorcio express, estos resultan minimizados por otros artículos, que puestos en dimensión, significan un retroceso sobre muchos logros que esta sociedad logró durante años de lucha.

Este nuevo código ha regalado para el uso privado los caminos públicos de las orillas de los ríos de toda la Argentina. El artículo 2639, ahora reemplazado, decía: “Los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de TREINTA Y CINCO (35) metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización. Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna”. Entre las funciones ambientales que cumplía este camino público se encontraba la preservación de los ecosistemas costeros, la protección de la biodiversidad, los humedales y áreas de absorción, garantizar la libre circulación y acceso a los bienes comunes como son los ríos navegables.

El nuevo artículo del Código Civil argentino elimina el concepto de calle o camino público, y deja sólo una franja de terreno de quince (15) metros, pero además modifica la condición de los ríos, que deben ser «aptos para el transporte por agua», lo cual aumenta aún más esta restricción. Y especifica que la finalidad de esa franja costera está relacionada con el transporte por agua.

Menospreciando, de esta manera, la voluntad de las poblaciones que hacen usos sociales y ambientales de este camino.

En referencia a la problemática del agua, para este código prevalece la lógica de saqueo y la mentalidad de mercado por encima de las necesidades de las comunidades porque deja de lado el derecho al agua potable para la población, mientras el estado argentino garantiza la indiscriminada explotación del agua para la megaminería y el fracking. Hay que recordar que cada una de estas explotaciones utiliza, durante las 24 hs., millones de litros de agua, que al mismo tiempo deja de ser potable.

De haberse incluido el acceso al agua potable como un derecho fundamental, se podría haber puesto el foco en esa cuarta parte de la población argentina que no tiene acceso a ella. La verdad desnuda es que sin agua no se puede vivir, con poca agua o de mala calidad la gente se enferma y las actividades agrícola- ganaderas de subsistencia no pueden llevarse a cabo.

También preocupa el artículo 1762, que dice: “Si un grupo realiza una actividad peligrosa para terceros, todos sus integrantes responden solidariamente por el daño causado por uno o más de sus miembros. Sólo se libera quien demuestra que no integraba el grupo”. Esto remite peligrosamente al control que se quiere ejercer sobre las protestas sociales y no hace sino apuntalar la aun vigente ley antiterrorista.

Un gobierno que se jacta de respetar los derechos humanos no puede permitirse este Código Civil y Comercial apurado, ya que puesto en la balanza, estos artículos mencionados y otros tantos, solo expresan un abuso de lo privado sobre lo público, y por si fuera poco, legaliza aun más la entrega del territorio, como si el lugar donde vivimos y coexistimos fuera un código de barras librado a las leyes del mercado.

Declaración de la Asamblea de Bariloche contra la megaminería sobre el nuevo Código Civil y Comercia

ASAMBLEA DE BARILOCHE CONTRA LA MEGAMINERÍA