Precios de obra pública: Decreto de Necesidad y Urgencia podría ingresar esta semana a Legislatura

Viedma (ADN).- El gobierno provincial consideró que la respuesta enviada por el fiscal de Estado, Pablo Bergonzi, a la consulta por el proyecto de decreto de Necesidad y Urgencia para redeterminación de precios de la obra pública, es el requisito necesario para continuar con el trámite que incluye un mensaje público del gobernador, Alberto Weretilncek, que podría ser concretado este jueves, para después enviar el proyecto a la Legislatura.

Pero según pudo conocer ADN,el vicegoberandor Pedro Pesatti ya habría sido consultado y Bergonzi se habría limitado a decir que ya se había opinado sobre este tema en la vista 04101/14, donde dijo que la redertiminación retroactiva, “sólo procederá su implementación por la vía legislativa”.

La Constitución provincial, en su artículo Nº 181 inciso 6 establece que el gobernador puede dictar decretos sobre materias de competencia legislativa en casos de necesidad y urgencia, o de amenaza grave e inminente al funcionamiento regular de los poderes públicos, en acuerdo general de ministros, previa consulta al fiscal de Estado y al presidente de la Legislatura.
Luego debe informar a la Provincia mediante mensaje público y remitir el decreto a la Legislatura dentro de los cinco días de dictado, convocando simultáneamente a sesiones extraordinarias si estuviere en receso, bajo apercibimiento de perder su eficacia en forma automática. Transcurridos noventa días desde su recepción por la Legislatura, sin haber sido aprobado o rechazado, el decreto de necesidad y urgencia queda convertido en ley.

En tanto el reglamento interno de la Cámara establece en su artículo 101, sobre ley de Necesidad y Urgencia, dice que: Ingresado un decreto ley de Necesidad y Urgencia, la Comisión de Labor Parlamentaria convocada al efecto por la Presidencia de la Legislatura, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas, procederá
a convocar al Cuerpo en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles, a efectos de que se trate como único tema su aprobación o rechazo.

Reunida la Cámara, la misma procederá a constituirse en Comisión para el tratamiento del decreto en cuestión, el que sólo podrá ser aprobado o rechazado íntegramente.