IPROSS impotente ante el ilegal cobro de plus médico

ayestaranViedma (ADN).- El Ipross volvió a quedar impotente frente a la avanzada de la Federación Médica que promociona el cobro de plus. Hace unos días hubo una conferencia de prensa donde el titular de la obra social reconoció que nunca se ha suspendido a un medico por ese cobro ilegal. Además, a los asociados se les subió cinco veces el valor de la consulta para terminar con este abuso.

El presidente del Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) Luis Ayestarán se limitó a ordenar “a su personal a fortalecer el seguimiento de las denuncias telefónicas de los afiliados por el cobro del plus en la atención médica en Río Negro”, sin tomar ninguna medida concreta para hacer cumplir los respectivos convenios de prestación de salud.

El funcionario reiteró que “nadie debe pagar plus por la consulta, toda persona afiliada al IPROSS debe denunciar cualquier situación irregular con respecto al cobro del plus al 0-800-222-3278, de lunes a viernes de 8 a 18, o en la Delegación del Instituto en cada localidad”.

Amenazó con “sancionar con todos los elementos que nos habilitan las leyes vigentes a quienes no den cumplimiento a los convenios firmados oportunamente”, pero la realidad es que – como se reconoció la semana pasada – nunca se suspendió a un médico que cobró plus, pese a que hace años los pacientes se quejan.

No sólo eso, con la excusa de terminar el plus médico, se castigó el bolsillo del afiliado aumentando varias veces el valor de la consulta.

Ayestarán recordó que la obra social provincial ha regularizado los pagos a los prestadores, habiéndose acordado para el 17 de noviembre próximo el abono del único saldo pendiente.
Aseguró también que “es bueno recordar que nadie es obligado a ser prestador del IPROSS, por ende quien acepta un vínculo contractual con la obra social debe ajustarse a las determinaciones de los acuerdos, y en el caso de la Federación Médica de Río Negro, el documento número 512 con fecha 26 de septiembre del presente año, en su cláusula 10 dice que “el prestador se compromete al no cobro a los afiliados del IPROSS de ningún arancel diferenciado, y/o plus, o concepto asimilable por las prácticas que corresponden a la firma del presente convenio”.

Dicho documento indica además que “si el IPROSS tomara conocimiento de que algún profesional prestador hubiera incurrido en tal hecho, la obra social impondrá pena de apercibimiento, suspensión, baja definitiva, y/o multa que se deducirá al prestador en la facturación mensual”.