Foulkes recurrió a la Justicia, por la Unidad de Gestión de Viviendas

Viedma.- El intendente de Viedma José Luis Foulkes realizó ante el Superior Tribunal de Justicia una presentación por conflicto de poderes a efectos de que se declare la nulidad del Artículo 4º de la Ordenanza nº 7556 del Concejo Deliberante que crea la Unidad de Gestión de Planes de Viviendas.

La presentación efectuada en la mañana de hoy, se llevó a cabo por entender que el citado artículo establece para la unidad funciones que por mandato de la Carta Orgánica Municipal son competencia exclusiva e indelegable del Intendente municipal.

La Unidad es de composición mixta y la integran representantes del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante y la Ordenanza de referencia, le otorga facultades que son propias del Poder Ejecutivo, violando la división de poderes organizado por la COM.

El Artículo 4º expresa que: “al momento de iniciarse un proyecto de construcción de viviendas a través de fondos provenientes del Estado nacional, provincial o municipal, la Unidad de Gestión adecuará los requisitos de inscripción a las características especiales de cada programa. En caso de ser necesario, realizará la convocatoria de aspirantes, analizará y aprobará la selección de los adjudicatarios de acuerdo al orden que se establezca en función del Artículo 3º que realizará el área correspondiente y finalmente en cada uno de los casos emitirá un dictamen por mayoría”

Foulkes expresa en la presentación que lo arriba trascripto, afecta distintas atribuciones del titular del Ejecutivo municipal, las que se encuentran interrelacionadas y como las funciones establecidas en el Art. 4º no son taxativas, permitiría llevar adelante todo el proceso de adjudicación de viviendas.

Se describe más adelante -en el escrito- que tal artículo interfiere funciones típicamente ejecutivas del Intendente, como la de representación, la de gobierno, la administrativa y la reglamentaria en tanto se excede el Concejo Deliberante de sus funciones legislativa, de control, auto organizativas, etc. previstas en la COM.

En otro párrafo del escrito se expresa que, “el uso del vocablo gestión revela el verdadero cometido de la Unidad organizativa impugnada: apropiarse en forma ilegítima de atribuciones asignadas al Poder Ejecutivo y ejercer en los hechos una suerte de cogobierno”.

MUNICIPALIDAD DE VIEDMA