Fijan juicio “Zerdán” para el mes de diciembre

Cipolletti.- El 1 de diciembre a las 17 horas la Cámara Segunda del Crimen tiene previsto dar inicio al juicio por el crimen de la bioquímica de Cipolletti Ana Zerdán, conforme lo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia que en fecha 9 junio de 2009 anuló el debate y la sentencia que había dictado la cámara, y ordenó la realización de un nuevo juzgamiento.

En el fallo el STJ también aclaró que toda la prueba producida a lo largo de la causa conserva plena validez legal.

En orden a este punto el tribunal conformado por los magistrados Julio Sueldo, Gustavo Herrera y Santiago Márquez Gauna resolvieron que el material probatorio compuesto por testimonios recibidos y grabados en soporte dvd “será proyectado en el momento procesal correspondiente, con la salvedad del derecho de las partes a pedir su ampliación o reeditación posterior”. En cuanto a los testigos propuestos que no fueron convocados con anterioridad, se difirió su tratamiento respecto de si se admite o se rechaza para el desarrollo del debate.

Asimismo no se hizo lugar al pedido de la defensa en cuanto a nuevas pericias dactiloscópicas por considerarlo improcedente y superabundante. En cuanto al cruzamiento de la huella obrante en autos con bancos informáticos nacionales e internacionales puntualizaron que sería “una medida de investigación ajena al estadio propio por el que transita la causa. No fue solicitada oportunamente, por lo cual al presente aparece como extemporánea (conforme dictamen fiscal) y eventualmente dilatoria, toda vez que se desconocen mecanismos, protocolos de actuación de otros estados provinciales, diligencias y tiempos de intervención de la Cancillería (para el caso de Chile), todo lo cual influye de manera directa y negativa a la obtención de un pronunciamiento judicial en tiempo oportuno”.

Por otro lado, los jueces si evaluaron positivo examinar el nudo con el que fue sujetada la víctima, a fin determinar “si el mismo presenta características comunes con el utilizado por trabajadores rurales de la zona en tareas agrícolas, denominación, características o especificaciones propias, se indique si se requiere algún tipo de habilidad, práctica o capacitación especial para realizarlo, tiempo que demanda efectuarlo, y cualquier otro dato o aclaración que estime de interés señalar con relación a los puntos referidos (conf. Art. 233 del CPP.)”.

Cabe agregar que se encuentra pendiente de resolución el pedido formulado por la defensa referido a la aplicación del principio de “non bis in idem” y de insubsistencia de la acción penal.

Los acusados Juan Carlos Aguirre –pareja de Ana Zerdán al momento de su muerte- y su hijo Juan Manuel Aguirre Taboada están acusados de homicidio calificado por alevosía.