Condenan a mujer por usurpación y le ordenan desalojar la vivienda ocupada

Cinco Saltos.- El juez en lo Correccional de Cipolletti Julio Sueldo, condenó a una mujer a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, por considerarla autora responsable del delito de usurpación de una vivienda ubicada en la ciudad de Cinco Saltos.

Asimismo el magistrado le ordenó desalojar la casa reintegrándosela a la Cooperativa “Nuestros Hijos Ltda.” de esa localida libre de ocupantes, comunicándolo al tribunal y haciendo entrega de la llave o cualquier otro elemento de seguridad externa de la morada.

El juez le fijo como plazo el término de veinte días corridos, contados desde que la sentencia quede firme (diez días). Todo lo dispuesto bajo apercibimiento que vencido el plazo se libre orden de lanzamiento en cuyo caso deberá ponderarse especialmente la presencia o no de niños en el lugar, procediéndose conforme las recomendaciones efectuadas por el S.T.J. -mutatis mutandi- in re «Geldres y otros», dando intervención a la Defensora de Menores, autoridades provinciales de vivienda y promoción familiar de acuerdo a las mandas de los arts. 31 y 33 de la Constitución de la Provincia de Río Negro.

“El hecho que, pudiera resultarle difícil obtener otro lugar donde vivir, no significa de modo alguno que tuviera derecho a ingresar en el inmueble en cuestión y permanecer en él durante todo este tiempo. Máxime aún cuando los testigos fueron precisos en que se le ofreció ingresar a la Cooperativa como socia, trabajar para obtener con ello un ingreso de dinero proveniente del Plan Federal y oportunamente la adjudicación de una vivienda, como el resto de los vecinos (en tal sentido declararon tres de los socios cooperativos)” expreso el Juez de la Cámara Primera del Crimen.

“Si bien la defensa no negó el ofrecimiento de ingreso a la cooperativa a su pupila, indicó en el alegato respectivo, que ello no era posible toda vez que le proponía ingresar en la cuarta y última etapa que ni aún hoy pudo terminarse”.-

“Esta cuestión no puede acogerse en favor de la imputada como causal de exculpación, en primer lugar por resultar una cuestión ulterior a la decisión de ésta de permanecer en el inmueble ilegítimamente ocupado, pues ya había adoptado este temperamento al momento mismo de producirse el contacto y a horas del ingreso. La no culminación de la cuarta etapa, además y según lo testimoniado por (…) aparece como consecuencia -por lo menos en parte- de la ocupación ilegítima que no permitió la normal terminación de la vivienda y continuidad regular del Plan Federal” dijo el Juez Julio Sueldo.-

“No se presente en el sub-exámine un estado de necesidad, como pareciera referirlo la imputada en su declaración defensiva, ya que más allá que su situación económica no resulta favorable; lo concreto es que se trata de una persona joven con capacidad para desempeñar tareas remuneradas (no existe constancia en contrario), y la misma prevenida reconoció efectuarlas (cuidando ancianos y en servicio doméstico, aunque de forma discontinua). A ello se suma la circunstancia que le fue ofrecida una posibilidad concreta de obtener una percepción económica, ingresando a la cooperativa, culminando con la adjudicación de una vivienda. Lo cual rechazó desde un primer momento. Continuando con el punto, la procesada indicó recibir la asignación universal por cada uno de sus hijos”.

“En tal contexto, afirmo que la acusación, así como sus consecuencias, son imputables al obrar de la incusa, no se cuenta con elemento alguno que permita dudar de la capacidad penal de ésta al momento del hecho”.-

“Siendo ello así, tengo por acreditado que: En fecha 09 de agosto del año 2010, siendo aproximadamente las 02:00 hs., la imputada E. V. K., usurpó la vivienda ubicada sobre Calle Ramos Mexía al numeral 3265, de la ciudad de Cinco Saltos (R.N.), correspondiente a la Cooperativa denominada «Nuestros Hijos Ltda.» y preasignada al socio coperativo Sr. (…). Ingresando, junto a otras personas, con violencia toda vez que procedieron a la rotura de un vidrio perteneciente a una de las ventanas del inmueble y con clandestinidad, ya que lo hicieron en horario nocturno, aprovechando un corte de energía eléctrica producido en la zona, para evitar ser detectados o impedidos en su accionar delictivo” concluyó el magistrado.

En cuanto a la pena, Sueldo tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales de la acusada, que es madre de tres niños menores, su condición socio económica que la llevaron a delinquir y la actitud posterior al delito concluyendo justo aplicar la pena de seis meses de prisión en suspenso más pautas de conducta por el lapso de dos años.

En ese sentido remarcó que a fin de hacer cesar los efectos del delito de “efecto permanente” la imputada deberá desalojar la vivienda.

Cooperativa de vecinos

Oportunamente la Municipalidad de Cinco Saltos había convocado a las personas para formar una cooperativa, era requisito que fueran 16 personas -hombres o mujeres-. Se trataba de un plan Federal, por el cual cada socio tendría su vivienda, el requisito era que tenía que trabajar, se le pagaba una cantidad de dinero de acuerdo a los avances de obras. Así se formó la Cooperativa «Nuestros Hijos Ltda.». Cuando las viviendas eran terminadas se sorteaba entre los primeros diez socios ó se analizaba quien tenía mayor urgencia habitacional para adjudicarlas, todo se hacía por Asamblea. La primera etapa de entrega se demoró porque los socios no tenían experiencia en el trabajo de construcción, los avances de obra no eran importantes, así se cobraba poco dinero por el tiempo de retraso, esto hizo que varias personas desistieran, pero quienes realmente necesitaban la casa siguieron. En el caso de la casa que ocupó la acusada, los cooperativistas habían dispuso por Asamblea la adjudicación al socio afectado, porque seguía en orden de turno y además tenía necesidad real porque tenía hijos menores. La decisión estaba avalada por Acción Social, si bien la casa no estaba terminada ya que le faltaban sanitarios, revestimientos, etc., se le colocó cerradura, mientras se seguía trabajando. Eran casas de la segunda etapa de edificación. La presidenta de la Cooperativa se enteró de la usurpación porque uno de los vecinos que a esa hora seguía trabajando en la construcción la llamó por teléfono para avisarle que unas personas habían ingresado en una de las casas.

JUSTICIA RÍO NEGRO