Sin beneficio judicial para acusados de violencia de género, en plena calle

Cipolletti (ADN).- La Justicia provincial confirmó la sentencia de un juez de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti, en funciones en lo correccional, que no hizo lugar al beneficio de suspensión del juicio pedido a favor de dos hombres imputados de haber amenazado verbalmente a una pareja, diciéndoles que “los vamos a agarrar” y “haciendo a la vez gestos con las manos que ilustraban esa intención, causando con ello real temor a las víctimas”, en una supuesta violencia de género en contra la mujer.

El hecho ocurrió el 30 de marzo de 2012 en la intersección de calles San Luis y Circunvalación de la ciudad de Cipolletti. El fallo del juez cipoleño data del 1 de noviembre de 2013.

La defensa de uno de los dos imputados afirmó que se trató de amenazas simples en un contexto fuera de la violencia de género y, en cambio, señaló que “con un pretexto de sofisticación interpretativa se ha discriminado a un género: el masculino”.

Hizo notar que J.M.O. (junto a su hermano) no amenazó (según acusación) a L.V. y J.C. por su sexo (masculino y femenino), como así tampoco lo hizo por su género. “Las amenazas denunciadas más bien se condicen con una “bravuconada” o una agresión que con actos discriminatorios de poder dominante” y afirmó que este caso no encuadra en violencia de género.

Entendió que “este caso es paradigmático, porque víctimas han sido un hombre y una mujer” y se preguntó por qué no se puede otorgar la probation respecto de aquel e ir a juicio por la agresión dirigida a esta última.

En la valoración de la prueba”, la agente fiscal expresó que la versión de la denunciante fue confirmada por los dichos de L.E.V. y agregó que, si bien el padre de ofendida –L.C.- no presenció el hecho traído a conocimiento, sin embargo narró situaciones de violencia y amenazas hacia su hija por parte de D.O., de las que a veces participaba el hermano.

La funcionaria afirmó que la valoración conjunta de las narraciones de J.C. y L.V. permiten sostener que, efectivamente, la amenaza fue verbalizada, concreta y acompañada de gestos por parte de los prevenidos, con el objeto de intimidar principalmente a C. cometido que obviamente lograron, toda vez que “el mal anunciado era idóneo y de posible concreción a la luz de las otras situaciones de violencia padecidas por la ofendida por acción de D.O., su ex pareja y padre de su hija, las que dieron origen a los trámites judiciales cuyas copias obran en la causa”.

Entonces, la agente fiscal se opuso a la suspensión del juicio a prueba argumentando que el hecho reprochado se enmarca en un caso de violencia contra una mujer. Y la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti –como Juzgado unipersonal con competencia correccional- negó la suspensión solicitada en concordancia con lo dictaminado por la agente fiscal.

“No se puede diferenciar la reconocida violencia de género respecto de cada uno de los imputados sobre la base de que el recurrente (J.M.O.) es el hermano de la ex pareja (D.E.O.) de una de las víctimas (J.E.C.), en virtud de que la requisitoria de elevación a juicio reprocha las amenazas en el carácter de coautores y en el contexto de situaciones de violencia y amenazas en las que han participado varias veces los dos acusados”. (ADN)