Nulifican procesamiento a Sigri y confirman prisión preventiva

Cipolletti.- La Cámara Primera del Crimen de Cipolletti resolvió nulificar el último procesamiento dictado a Laila Díaz Sigri y confirmar el anterior que ya había ratificado en fecha 30 de mayo de 2013 donde también se sostenía la prisión preventiva para la acusada.

En esa oportunidad el tribunal había modificado parcialmente la calificación legal por la de autor de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, violación de domicilio y homicidio agravado por el empleo de un arma de fuego en concurso real (arts. 45, 189 bis, 150, 79 en función del 42 bis y 55 del Código Penal).

Asimismo se dispone el apartamiento del juez, debiendo intervenir el subrogante legal quién deberá completar la investigación; instando asimismo a la rápida resolución de los hechos aún pendientes; todo de conformidad a los argumentos y normativa legal. En consecuencia por orden de subrogancia, continuará con la sustanciación del proceso la Dra. Sonia Martín.

Los camaristas Álvaro Meynet, Alejandra Berenguer y Julio Sueldo también indican en el auto interlocutorio que en la resolución de mayo del año pasado se advirtió que habían quedado conductas sin investigar como las que surgían del testimonio de algunos médicos y otros testigos; considerando otros sucesos clara y absolutamente desconectados del que le costara la vida a Milla.

Si bien la representante del Ministerio Fiscal instó reiteradamente a profundizar la investigación en la línea trazada por la Alzada -cámara de apelación- en distintos dictámenes, el Juez de Instrucción no lo hizo.

Hace algunas semanas atrás el Juez Santiago Márquez Gauna titular del Juzgado de Instrucción Nro. 4 había reindagado a Díaz Sigri imputándola como autora de “de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal en concurso real con homicidio agravado por el empleo de arma de fuego en concurso real con secuestro coactivo este último con concurso ideal de los delitos de violación de domicilio, daños y abuso de armas criminis causa”. El defensor oficial Juan Pablo Piombo interpuso un recurso de apelación contra la medida aduciendo que su asistida debía responder “sólo por lo que hizo: disparar y dar muerte a Carla Milla y no los demás delitos que atribuye el instructor, sobre todo el de privar de la libertad a los enfermos”.

La fiscal de cámara de feria y el querellante de la Clínica Radiológica del Sur habían pedido que se confirme el auto. Por su parte el letrado patrocinante de la querella Roberto Berenguer debidamente notificado no presentó memorial alguno.

CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL