Rechazan habeas corpus de manifestantes que habrían ejercido presunta “turbación”

Villa Regina (ADN).- La sala II de la Cámara del Trabajo de General Roca rechazó la acción de habeas corpus que presentaron 51 personas- entre ellas Rodolfo Aguiar, titular de ATE Río Negro- sobre quienes pesan orden de detención por decisión judicial en la causa caratulada «Municipalidad de Villa Regina sobre denuncia presunta turbación de la posesión». Efectuaron medidas de fuerza cerca de dependencias municipales. Jueces laborales sustentaron que no deben incurrir en desobediencia judicial.

En el expediente judicial, emitido el 2 de este mes, se describieron expresiones de la abogada Ailén Roca, en representación de los manifestantes, quien explicó que fue notificada que se ordenó la detención de las personas que se encuentran realizando reclamos laborales y que fueron notificadas en que promueven la acción a los trabajadores que se encuentran llevando a cabo asambleas y retención de servicios en su lugar de trabajo, en la Municipalidad de Villa Regina.

Mencionó que esos trabajadores han decidido ejercer su derecho de huelga en razón del despido masivo de más de 40 empleados municipales, pero que aún así “la protesta no implica la obstaculización de la entrada y/o salida del edificio municipal, como que tampoco se impide la prestación de los servicios municipales en el hall central de la sede comunal”.

Sin embargo, sostuvo que por orden del intendente se procedió a cerrar los accesos al municipio, impidiendo la salida o ingreso de los trabajadores que se encuentran manifestando, quien así “han quedado encerrados en el hall central del municipio, rodeados por efectivos policiales que se encuentran tanto en el interior como en el exterior del edificio y que han procedido a arrojarles gas pimienta”.

Por eso, solicitó en particular la protección estatal para la integridad física y consecuente libertad de las personas en cuyo favor instó la acción, quienes a su criterio y pese a hallarse en el libre ejercicio de su libertad sindical, derecho de huelga y de peticionar ante las autoridades ven restringida su libertad a causa de la orden judicial y en razón de hechos que a su modo de ver no ameritan detención alguna.

Por este tema, se requirió al juez titular del Juzgado de Instrucción N° 20, de Villa Regina, Federico Dalsasso, que informe respecto de las circunstancias narradas en el escrito que inició el trámite, debiendo específicamente dar cuenta de las condiciones en que se viene cumpliendo la orden impartida a la autoridad policial mediante resolución del 25 de junio de 2014 y con especial atención en la circunstancia de hallarse -según se denunció- los requirentes (están) encerrados en el hall central del municipio rodeados por efectivos policiales, quienes habrán procedido a arrojarles gas pimienta.

Se recibió el informe labrado a requerimiento del magistrado exhortado por el jefe de la Unidad Quinta de Villa Regina de la Policía de Río Negro, comisario Javier Castillo, donde expresó que el 1 de este mes a las 13:05 se notificó formalmente al grupo de manifestantes que se encuentran ocupando las instalaciones del municipio la orden judicial del 25/6/2014, aduciendo el secretario de ATE, Marcelo Aguiar, que estaban realizando una manifestación por reclamo laboral y que no iban a desocupar las instalaciones del inmueble en cuestión, quedando todo debidamente documentado a través de filmación por el Gabinete Criminalístico.

“En el interior permanecen entre 30 y 40 personas de ambos sexos, algunos con pecheras identificatorias del gremio indicado, esparcidos en la planta baja en el sector de atención al público y que en la dependencia policial se recibió ampliación de denuncia por parte de la doctora Carolina Cailly, representante legal de la Municipalidad de Villa Regina, quien solicitó a requerimiento del intendente que por un plazo de 48 horas se evalúe no llevar a cabo la orden impartida por el titular del Juzgado de Instrucción N° 20 de Villa Regina para garantizar el uso y goce del edificio, por cuanto desea priorizar la salud de las partes involucradas. Por lo que se dispuso, con conocimiento del juez, una consigna de 12 efectivos policiales para garantizar el resguardo de los bienes que existen en el lugar y se notificó verbalmente a Aguiar que no se permitiría el ingreso de más personas al interior del lugar, a excepción de que si sale uno puede entrar otro en reemplazo, pero que no se ha dado la orden de impedir el retiro de las personas del lugar, quedando los involucrados con total libertad para salir del edificio. Luego, que en cuanto a la utilización de gas pimienta se desconoce la situación y que el único cruce o confrontación habido con los manifestantes se suscitó a las 10 horas aproximadamente, cuando ellos mismos ingresaron violentamente y arremetiendo contra el personal uniformado que se hallaba en la parte externa del edificio, resultando de ello que policías sufrieran golpes menores e incluso que la oficial ayudante de apellido Oprenchu efectuó denuncia penal por las lesiones sufridas, como que también resultó con lesiones en el rostro el empleado municipal Fabio Soto, como producto de las agresiones sufridas con el polvo de uno de los matafuegos que existían en el lugar y que se dispersó por todo el ambiente, provocando por varios minutos problemas respiratorios a todos los presentes. Finalmente, que desde las 13 hasta las 20:30 en que se emitió el informe la situación continúa de la misma manera, sin haberse registrado ningún tipo de incidente”.

Por su parte, los jueces roquenses sustentaron los términos de la resolución de Dalssaso, por la cual se ordenó que durante todo el tiempo que dure la investigación «…las personas que se encuentren efectuando una medida de fuerza frente al inmueble ubicado sobre calle Rivadavia N° 220, donde funciona la administración central del municipio, calle Gobernador Castello s/n – ex frigorífico Gutierrez, donde funciona el Corralón Municipal y calles Uspallata Sur N° 164 y Villarino N° 240, donde funcionan las dependencias de las Secretarías de Desarrollo Social y de Obras y Servicios y Dirección de Tránsito respectivamente, todos ubicados en la ciudad de Villa Regina, como así también cualquier persona ajena al reclamo laboraL, se abstengan, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a una orden judicial…”. (ADN)