Rechazan demanda de docente que quería cobrar adicionales desde 1993

Bariloche (ADN).- La Cámara del Trabajo Bariloche rechazó la demanda que presentó un docente contra el CPE para que se le pague diferencias salariales correspondientes a un adicional que dejó de cobrar cuando la escuela donde trabajaba fue transferida de Nación a provincia de Río Negro, en el año 1993. El reclamante no agotó la vía administrativa dentro del organismo oficial.

Las actuaciones fueron iniciadas por José P. pero en su momento la provincia respondió que “no surge de los antecedentes que haya sido designado en el cargo cuyo pago reclama” y pidió el rechazo de la acción.

P. ingresó a trabajar como docente el 2 de junio de 1972 en el Colegio Industrial N° 1 Jorge Newbery .

Del expediente se desprende que en 1993, mediante la Ley 24.049, se transfirió la escuela de la Nación a la provincia, dejando de percibir P. en ese momento un adicional por maestro de enseñanza práctica (MEP) del turno tarde.

En julio del 2010 intimó al Consejo Provincial de Educación, mediante telegrama, para que le abonen el adicional que le habían dejado de pagar en 1993 , respecto de lo cual obtuvo respuesta negativa , sosteniendo el director de Personal Docente del Consejo Provincial de Educación que «no se registran antecedentes de designación ni desempeño en el cargo que está reclamando, razón por la cual no es posible acceder a lo peticionado».

El juez Juan Lagomarino describió que el Consejo Provincial de Educación carece de constancias documentales respecto de la designación de P. en el cargo, cuyo pago reclamó porque obtuvo ese cargo previo a la transferencia de Nación a provincia en el año 1985.

“Entonces, si el subdirector de personal le contestó a su telegrama afirmando que no acceden a lo que peticiona porque adolecen de antecedentes de su designación en el cargo, correspondía indudablemente interponer el recurso de reconsideración y acompañar la documentación emanada de Nación que después fuera traída a conocimiento de esta causa”.

“Distinto sería el caso si la administración hubiera rechazado el reclamo por considerar que no tenía derecho. Por otra parte, el subdirector de personal no es el presidente del Consejo . De modo que ni siquiera se agotó la vía recursiva interna dentro del organismo”.

“Lo natural hubiera sido presentar una nota ante el Consejo acompañando toda la documentación correspondiente e iniciando un expediente administrativo , para que pueda darse intervención al Departamento Legales, recopilar los antecedentes , en lugar de tener que resolver contra una intimación telegráfica, cuando P. no está actuando frente a sucesos inmediatos e imperiosos, sino reclamando un adicional que le dejaron de pagar 25 años antes, sin que durante todo ese tiempo no presentara una sola nota reclamando”. (ADN)