No prosperó en Justicia amparo para que alumno vaya a escuela más cercana

Bariloche (ADN).- La mamá de un alumno de quinto grado de una escuela de Bariloche presentó ante la Justicia un amparo para que su hijo pueda concurrir al mismo establecimiento que su hija, de cinco años, ubicado a siete cuadras de su casa. Pero, la acción fue rechazada por una jueza de Familia porque no advirtió la urgencia en obtener una vacante en una escuela más próxima y se ofrecieron otras opciones para garantizar la proximidad.

En la cuestión intervino el Superior Tribunal de Justicia que, finalmente, rechazó el recurso de apelación presentado por el defensor adjunto Facundo Barrio Martín, fundado por la defensora de Menores e Incapaces Nº 1 de Bariloche, Ana María Fernández Irungaray, en representación de B.B., confirmando la sentencia de la jueza Marcela Trillini.

Esa magistrada, a cargo del Juzgado de Familia Nº 9 de Bariloche, desestimó el amparo promovido por P.B. , mediante el cual solicitó una vacante de quinto grado para su hijo en la Escuela de Villa Los Coihues 324, debido a que vive a siete cuadras y su hija, de 5 años, concurre a ese establecimiento.

Trillini sostuvo que “no se advierte la urgencia en obtener una vacante en una escuela más próxima” y consideró que siendo el chico alumno regular de otro establecimiento educativo “se le ha garantizado el acceso a la educación pública y gratuita e incluso se ofrecieron otras opciones más próximas al domicilio de la amparista a fin de garantizar la proximidad”.

Precisó que “tampoco se evidencia arbitrariedad e ilegalidad manifiesta en la respuesta brindada por el Ministerio de Educación, en atención a que la reglamentación 35/13 y anexo quinto de dicho organismo disponen los criterios físicos y pedagógicos para las secciones de educación primaria”.

Señaló que el aula de quinto grado de la escuela 324, cuenta con 39 m2, cuando el criterio físico alcanza a 23 niños y el aula se encuentra superada en dos alumnos y están trabajando al máximo de la capacidad pedagógica (25 estudiantes).

Destacó que incorporar alumnos en espacios superpoblados va en desmedro del derecho de todos a recibir una educación de calidad y agregó que “el interés superior de B, (el alumno) colisiona con el interés superior de los restantes niños que concurren a quinto grado de dicha escuela, los que verán disminuida su calidad educativa e incluso se pondrá en riesgo la seguridad de los mismos en espacios físicos tan reducidos”.

Constancias judiciales indicaron que “el equipo directivo de la Escuela Nº 324 ha trabajado con la familia para intentar alcanzar soluciones a la problemática” y destacaron que “cuando la amparista se presentó a inscribir a su otra hija en sala de 5, se le habría informado que no había lugar para quinto grado 2014 y que ya había cuatro alumnos en lista de espera, ofreciendo otras alternativas”.

Por su parte, el juez Ricardo Apcarian dijo que “sin dejar de considerar las atendibles razones que pueda tener la madre para peticionar la incorporación de su hijo a determinado establecimiento, como bien precisa la Procuración General, comparto que ello al menos con las constancias arrimadas a la causa, no amerita por sí pasar por alto la determinación que viene adoptando la autoridad educativa y que puede llevar a que en un plazo razonable se encuentre una solución definitiva a la cuestión, pero siempre en un marco que respete las prioridades en el ingresos de los alumnos a los establecimientos y el consiguiente derecho que le asiste también a los restantes familias que han alcanzado una vacante en la escuela Nº 324 de Villa Los Coihues”. (ADN)