STJ definiría presentación de Vidal para asumir como legislador

vidalViedma (ADN).- La presentación que efectuó hace poco el dirigente justicialista Miguel Vidal, que figuró en candidatura en las elecciones del 2011 y que ahora quiere que el Poder Ejecutivo proponga formalmente el vicegobernador y que él reemplace a Ariel Rivero en el cargo de legislador, constituye un amparo- mandamus y es competencia del Superior Tribunal de Justicia definir la cuestión.

Así lo dictaminó el lunes pasado la procuradora general Silvia Baquero Lazcano.

Vidal, con el patrocinio letrado de la abogada Silvia Jáñez, ex legisladora justicialista, promovió mandamiento de ejecución en los términos del artículo 44 de la Constitución provincial instando la obtención de una orden judicial destinada al Poder Ejecutivo y a la Legislatura, con el fin de que se proceda al cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 180 inciso 6 y cc. de la carta magna y Ley B N° 2239.

Mencionó que ante el deceso de Carlos Peralta, vicegobernador, electo por la Legislatura de Río Negro de conformidad al artículo 180 inciso 6 de la Constitución, el gobernador debió enviar a la Legislatura Provincial la propuesta de designación del vice y que “lejos de ello, quien asumió el cargo en la sesión del día 08-05-2014 fue el legislador Ariel Rivero”.

Señaló que en dicha oportunidad el legislador Bautista Mendioroz mocionó que la Legislatura solicitara al Poder Ejecutivo la propuesta de un parlamentario a los efectos de ser elegido vicegobernador conforme lo señalado por la Constitución y la Ley B N° 2239, siendo la misma rechazada.

Expuso que intimó al gobernador el 4-6-2014, mediante carta documento 405305946, para que proceda a enviar a la Legislatura Provincial la propuesta de designación del vicegobernador en los términos del artículo180 inciso 6 C.P. y de la Ley B N° 2239, atento la violación de los artículos 182, 137 y concordantes de la carta magna.

También intimó al Poder Legislativo, mediante carta documento 405305950, destinada a que éste envíe solicitud de propuesta de designación del vicegobernador.

Indicó que “las intimaciones se realizaron invocando gravedad institucional y perjuicio personal, en atención a su carácter de legislador suplente electo en el lugar N° 15 de la boleta del FpV, lista N° 409 legisladores por representación poblacional en fecha 25/11/11 -titulares- y que conforme el ordenamiento jurídico vigente, correspondería asumir el cargo de legislador para el que fue electo, completando de esa forma la integración de la Cámara” parlamentaria.

Finalmente, denunció como hecho nuevo la publicación en el boletín oficial N° 5257 del 09-06-14 del decreto ley N° 2, suscrito por el vicepresidente 1° a cargo de la Presidencia de la Legislatura, Ariel Rivero.

Por su parte, Baquero Lazcano dijo que sin adelantar opinión sobre el fondo, se expedirá respecto de la naturaleza jurídica de la acción intentada y, consecuentemente, con relación a la competencia para entender y decidir en la presente acción. (ADN)