Prosperaría acción del defensor de condenado a perpetua por homicidio agravado

El Bolsón (ADN).- La Justicia provincial analizó la semana pasada el recurso extraordinario federal que presentó el defensor penal barilochense Juan Pablo Laurence, en representación de José Luis Machuca, condenado a prisión perpetua, junto con otro hombre, por homicidio agravado para consumar otro delito. La Defensoría General del Poder Judicial sostuvo los términos de la defensa del imputado.

El propio Superior Tribunal confirmó la sentencia Nº 52, del 3 de septiembre de 2013, dictada por la Cámara Segunda en lo Criminal de San Carlos de Bariloche, por la cual se resolvió condenar a J. L. M. a la pena de prisión perpetua por considerarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado para consumar otro delito.

Contra lo resuelto se interpuso recurso de casación en tiempo y forma, el cual fue concedido por el Tribunal de Juicio, no obstante lo cual fue considerado mal concedido y, por tanto, declarado inadmisible por el STJ.

En su momento, Laurence planteó correctamente, según la Defensoría General, cuestión federal, toda vez que sostuvo “la vulneración del principio de inocencia, el debido proceso y el derecho de defensa reconocido por la Constitución Nacional, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El defensor alegó que “la sentencia ha incurrido en arbitrariedad en función de las pruebas de la causa y la valoración que de ellas ha hecho la Cámara conforme las reglas de la lógica y la experiencia”.

Expuso también que “no se ha realizado un análisis crítico, razonado y circunstanciado de las constancias puestas de manifiesto en el proceso y durante el debate”, estimando insuficientes las razones esgrimidas respecto a que en el caso deben aplicarse las reglas concernientes al tipo legal del homicidio calificado.

Adujo que con un escaso marco probatorio se condenó a su defendido de manera genérica y sin determinar qué roles habría desarrollado cada uno de los imputados, entendiendo ello insuficiente para inculpar a Machuca respecto de la autoría responsable del acto.

Por otro lado, indicó que “la declaración indagatoria de M. no ha podido ser desvirtuada en el debate, por lo que la declaración de los testigos se contrapone con las manifestaciones vertidas en la acusación fiscal”.

Para la Defensoría. “se ve vulnerada la garantía que tiene toda persona que ha sido condenada a una revisión integral de la sentencia con la finalidad de reducir el error judicial, por lo que resulta procedente el recurso extraordinairo federal interpuesto, conforme las afectaciones de índole constitucional y convencional que provoca la sentencia recurrida”.

Machuca y Valentín Manríquez fueron considerados coautores penalmente responsables del delito de homicidio agravado para consumar otro delito.

Se los acusó que el 6 de agosto de 2012, aproximadamente entre las 12.10 y 12.45, tras hacerse presentes en el domicilio de Claudio del Carmen Figueroa, ubicado en el predio fiscal en paraje El Foyel, Departamento Bariloche, procedieron a atacar violentamente a aquél, aplicándole “reiterados golpes en su cabeza con elemento duro, lo que le ocasionó intenso traumatismo de cráneo y le provocó la muerte. Luego realizaron ataduras con alambre en ambas muñecas y cuello para arrastrar el cuerpo sin vida de Figueroa, el cual arrojaron en el pozo de la letrina ubicada en el predio, lo taparon con cal, chapa de cartón y tierra. Todo con la finalidad de apropiarse del lote fiscal que se encontraba en tenencia de la víctima”. (ADN)