Amplio debate judicial por cesantía de empleado municipal de Regina

Villa Regina (ADN).- Jueces de la Cámara del Trabajo de General Roca dispusieron que prosiga el análisis administrativo derivado de la cesantía impuesta a un empleado de la Municipalidad de Villa Regina por la presunta sustracción de elementos de vehículos pertenecientes al patrimonio local.

Según consta en un expediente difundido el 12 de este mes, las actuaciones se iniciaron con la demanda presentada por Damián Arturo Zavala contra la Municipalidad de Villa Regina, persiguiendo la nulidad de la resolución del 13 de agosto de 2013, dictada en el expediente administrativo N° 194/12, caratulado «Zavala Damián y Millaqueo Juan sobre sumario administrativo (perjuicio del patrimonio municipal», referenciado-decreto N° 098/2012, que dispuso la cesantía de Zavala, quien pretende la reinstalación y el pago de todos los salarios caídos desde el día de la cesantía hasta su efectiva reincorporación.

El agente cesanteado explicó que comenzó a trabajar para la Municipalidad de Villa Regina el 14 de noviembre de 2003 como empleado público transitorio -contratado- prestando tareas en el corralón municipal ubicado en calle Gobernador Castello y Avenida Gral. Paz, en el horario habitual de 20 a 3 de la madrugada.

Detalló que la relación de empleo se desarrolló a través de la suscripción de sucesivos contratos de seis meses de duración, laborando de manera continua desde su ingreso hasta el 13 de agosto de 2013.

El expediente administrativo, caratulado «Zavala Damián y Millaqueo Juan sobre sumario administrativo (perjuicio del patrimonio municipal)» N° 194/12 se inició con el memorándum que el director de Obras y Servicios Públicos, Eduardo Bermejo elevó el 4 de julio de 2012 por el que informó que entre el 3 y 4 del 2012 se habrían sustraído elementos pertenecientes a vehículos de la Municipalidad y de terceros en el corralón municipal y que durante esos días se habrían desempeñado Zavala y Juan Millaqueo, siendo la tareas de éstos “resguardar los bienes municipales”.

El expediente culminó con la resolución 74/13 (17-07-2013) de la Junta de Calificación y Disciplina que resolvió aplicar a Zavala la sanción de cesantía y luego con el decreto 098 (13-08-2013) suscripto por el intendente Luis Albrieu avalando lo decidido por la Junta y aplicando la sanción de cesantía.

Por su parte, el cesanteado denunció una serie de “irregularidades del sumario administrativo llevado a cabo que lesionaron su derecho de defensa, para concluir que resulta nulo por los vicios de los que adolece según considera”.

La Municipalidad negó que aquél haya comenzado a trabajar el 14 de noviembre de 2003, ya que de acuerdo al legajo comenzó el 14 de julio de 2003 y desestimó que no contara con antecedentes disciplinarios ya que fue sancionado con cinco días de suspensión por resolución 027/05 de la JCD y con apercibimiento por resolución 004/08 de la JCD.

El municipio manifestó también que “es incorrecta la afirmación en cuanto concluye que por aplicación del artículo 5 de la Ley 811, pasaría a integrar el plantel permanente y de que por esa razón fue sometido al juicio de la Junta de Calificación y Disciplina, ya que fue sometido a sumario por ante la Junta aludida por así estar establecido en los contratos suscriptos entre las partes”.

Después de la consideración de extensas fundamentaciones, los jueces Nelson Peña, Paula Bisogni y Emilio Meheuech resolvieron rechazar “la defensa de falta de agotamiento de la vía administrativa interpuesta por la demandada, con costas a su cargo, difiriéndose la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno” y no hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el cesanteado. (ADN)