Ratifican prisión para un hombre que provocó daños en propiedad de vecino

El Bolsón (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia ratificó la sentencia del Juzgado Correccional Nº 10 de Bariloche que responsabilizó a un hombre por el delito de daño y lo condenó a tres meses de prisión de ejecución condicional. El sentenciado provocó diversos daños en un sector de la propiedad de un vecino.

El hecho ocurrió el 22 de enero de 2010, a las 10 aproximadamente, en el domicilio ubicado cerca de la ruta 40 norte km 1926 de El Bolsón.

En ese lugar, Héctor Carlos V. y un grupo de personas procedió a destruir la tranquera propiedad de un vecino mediante la utilización de una motosierra, machetes y palas, para luego cortar el alambrado perimetral e ingresar a la propiedad desparramando tierra negra sobre un invernadero que había en el lugar.

Ese accionar que se vio interrumpido por la presencia de personal policial, retirándose así el imputado junto a otras personas de la propiedad a la cual ingresaron.

La defensa del imputado aseguró que “toda la prueba indica que el supuesto daño por el que se lo condenó fue cometido en la calle y no en una servidumbre de paso”.
Indicó además que en ninguna instancia reconoció haber ocasionado un daño en objeto alguno propiedad del querellante, en tanto se limitó a retirar el obstáculo puesto por este en una calle pública, a lo que sumó que los expedientes civiles que el juez ha tenido a la vista para atribuirle responsabilidad nada tienen que causar en el ámbito penal.

Por su parte, una jueza del STJ argumentó que “se advierte un déficit en la argumentación recursiva, puesto que carece de fundamentos serios y concretos que controviertan la motivación del fallo impugnado”.

Observó que la crítica efectuada (por el acusado) en el recurso deviene insuficiente, en tanto se soslaya el análisis de los elementos en los que el Juez sustentó las conclusiones sobre materialidad y autoría, con ajuste a la doctrina legal de este cuerpo que establece la ponderación de las pruebas pertinentes de modo conjunto al momento de resolver”.

Consideró que “la defensa solamente alegó que el imputado no realizó los cortes con la motosierra”.

Señaló que “la tranquera en cuestión era propiedad de R. y fue destruida adrede por V. y sus acompañantes”, añadiendo al respecto “… que pocos días después la actuación municipal procedió a la remoción sin daño del portón, lo que demuestra la sinrazón del daño ocasionado”. (ADN)