Por amparo, ordenan a Educación realizar obras e informes

Bariloche.- El Juez en lo Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones, Cristian Tau Anzoátegui hizo lugar parcialmente al amparo interpuesto por padres de la Escuela 103 de Mallín Ahogado y ordenó al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro, que en el plazo de dos días cumpla con las siguientes medidas:
a) Eleve al Tribunal un informe efectuado por gasista matriculado que realice la verificación de todas las instalaciones, artefactos de gas , ventilaciones y prueba de hermeticidad de donde surja fehacientemente que se encuentra aprobada para su uso;
b) Se acompañe certificación emitida por personal competente sobre la colocación y señalización de extintores de fuego en todos los lugares que lo requieran;
c) Se acredite informe de Salud Pública de la Provincia del que surja que las instalaciones se encuentran en condiciones de higiene y salubridad aptas para funcionar
Asimismo en la resolución el Magistrado ha ordenado que en el plazo de tres meses acredite la finalización de los siguientes trabajos, con certificado de aprobación emitido por la autoridad o profesional competente, según el caso:
1) obra de la toma de agua, y todos aquellos trabajos concernientes que garanticen que el consumo de agua sea seguro para la población educativa;
2) instalaciones de desagües cloacales en base a un proyecto realizado por profesional con incumbencia específica;
3) modificación de la apertura de las puertas en el sentido de vías de escape, en especial la que vincula el pasillo de las aulas con el gimnasio;
4) tala o poda de árboles con riesgo de caída;
5) laminado o reemplazo de los vidrios del establecimiento;
6) presentación de un informe por ingeniero civil que se pronuncie sobre la existencia o no de fallas estructurales en todo el establecimiento, y en su caso, sobre las medidas que deban adoptarse y plazos de ejecución.

El Juez Tau Anzoátegui ha dispuesto como apercibimiento, -en caso de incumplir con lo dispuesto-, la remisión a la justicia penal y adoptar en su caso, las sanciones conminatorias que correspondan.