No levantan prisión preventiva a ladrón de garrafa, grabador y televisor

Cipolletti (ADN).- Uno de tres procesados por el delito de robo agravado y lesiones -un hombre fue herido de un balazo- por una garrafa de 10 kilos, un grabador y un televisor, seguirá bajo prisión preventiva por el hecho, porque el Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia que ya había definido la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti.

Matías Nicolás Rivera Alegría, junto con otros dos sujetos, ingresó a la vivienda ubicada en barrio Costa Norte Toma Dos de Agosto, calle Los Horneros casa 48, el 2 de agosto de 2013, aproximadamente a las 7:40.

En ese lugar, Andrés Barriga, Walter Alejandro Mora (éste portaba un arma de fuego calibre 22, sin la debida autorización legal) y el propio Rivera Alegría irrumpieron sin ninguna autorización.

Según el expediente judicial, Mora efectuó un disparo con el arma de fuego contra otra persona, ingresando el proyectil en la cara anterior de la rodilla izquierda, saliendo por la cara interna exterior de la misma rodilla, produciéndole lesiones.

Después, los tres se apoderaron ilegítimamente de una garrafa de gas de 10 kilos, un radiograbador chico y un televisor

Por su parte, el abogado Michel J. Rischmann, en representación de Rivera Alegría, interpuso recurso de casación y, además, refirió la ausencia de antecedentes penales de su defendido, sus informes de abono y su residencia y radicación durante toda su vida en esa ciudad de Cipolletti.

Agregó que no podrían efectuarse presunciones de fuga o de obstaculizar la investigación y que “estamos en presencia de un adelantamiento de pena”. También remarcó que “no hay dudas de que se está utilizando la figura de la prisión preventiva con fines intimidatorios o disuasivos”.

Pero, el juez superior Sergio Barotto observó que ninguno de los defensores de los imputados se agravió por el procesamiento dictado por los dos hechos.

En el expediente judicial se consideró el grado de presunción de culpabilidad: “En el caso que nos ocupa, puedo aseverar que nos encontramos ante un altísimo grado de culpabilidad de los imputados, de manera que no es aventurado afirmar que en el juicio serán condenados y en consecuencia la pena será de cumplimiento efectivo. Razón por la cual, es probable que los imputados sabiendo el desenlace final de este proceso, intenten eludir la acción de la Justicia”.

Señaló que “Alegría no posee causas en trámite ni antecedentes penales computables, pero de los informes efectuados por la preventora, surge que el imputado no posee arraigo, ni residencia fija, ni familia, ni trabajo”. (ADN)