Ratifican prisión en suspenso para presuntos usurpadores en Cuesta del Ternero

Bariloche (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia del Juzgado Correccional Nº 10 de Bariloche que condenó a dos mujeres y tres hombres, aparentes familiares, a un año de prisión en suspenso por el delito de usurpación.

Quedó acreditado que esas personas (cuatro tienen el mismo apellido), antes del 13 de septiembre de 2009 y durante el año 2010, previo tirar abajo parte de un cerco perimetral, invadieron un inmueble ubicado en un lugar de la Cuesta del Ternero.

Se pudo establecer que “obraron en forma clandestina, aprovechando la ausencia del poseedor José Antonio Merino o de otra persona que pudiera oponerse a su acción y, una vez en el interior del inmueble, comenzaron a construir una especie de vivienda y se mantuvieron en el lugar, despojando a Merino de la posesión que ostentaba sobre la finca”.

La sentencia judicial por ese hecho fue producida el 26 de marzo de 2013 por el Juzgado Correccional Nº 10 de Bariloche.

Ese Tribunal tuvo por probado que, cuanto menos desde el 13 de septiembre de 2009, se había producido la invasión del inmueble de la víctima, en la que se estaba construyendo una cabaña.

La situación resultó establecido mediante acta de constatación ocular realizada al día siguiente, que dio cuenta de tal construcción, así como también de una segunda cadena con su correspondiente candado a la colocada por Merino en una tranquera de madera y hierro y, además, surgió que en parte del perímetro lateral del predio se observaba un alambrado caído de seis hilos, con los postes sacados de su lugar y tirados en el piso, lo que permitía un pasaje a un campo lindero ocupado por Celestino V., uno de los presuntos usurpadores.

También se advirtió un vehículo furgón amarillo, cargado con materiales de construcción, que había ingresado por el paso mencionado del alambrado y además que, atento a la colocación de la nueva cadena, tanto el denunciante como el oficial que realizó la inspección ocular se vieron obligados a ingresar al predio “saltado el cerramiento referido”.

Se mencionó la existencia un “territorio recuperado”, por la comunidad Lof Kelluwen.

“Se configura con certeza una serie indiciaria que proporciona razón suficiente para la determinación de la coautoría, en relación con que quienes aparecían como ocupantes del lote al momento de la constatación fueron quienes habían ingresado a él por los medios comisivos mencionados -clandestinidad y violencia-.- —– Ello se colige no solo del hecho de que se encontraban efectivamente invadiendo el terreno, sino de que eran parte de la misma familia vecina desde cuyo lote lindero venían las huellas del vehículo o de la comunidad mapuche que reclamaba las tierras y las anunciaba como recuperadas”.

Al analizar el caso, la jueza superior Adriana Zaratiegui consideró que “es la totalidad de la situación de contexto la que permite, por reglas de lógica y experiencia, sostener que fueron los condenados quienes invadieron el terreno con clandestinidad y violencia, colocando carteles en su ingreso con la mención de que se trata de un territorio mapuche recuperado por el Lof Kelluwen, al lado de otro cartel que prohíbe pasar, con el anuncio de tratarse de un territorio indígena y que también pusieron una cadena con candado en la tranquera, para llevar a la práctica tales anuncios”. (ADN)