Mediación judicial: Jueces dicen que Río Negro es líder en la materia

Viedma (ADN).- Jueces del Superior Tribunal de Justicia, al explicar el desarrollo de los métodos alternativos de resolución de conflictos en la provincia de Río Negro, resaltaron que la jurisdicción rionegrina fue adquiriendo una posición de liderazgo en la materia y aseguraron que “en poco más de una década se encuentra en un lugar destacado en el mapa nacional”.

Los miembros del máximo organismo judicial rionegrino expusieron los siguientes fundamentos en el proyecto de reforma de la Ley de Mediación P 3847.

“El comienzo se sitúa en el año 1999 con la firma de un convenio de cooperación mutua entre el Ministerio de Justicia de la Nación y el Superior Tribunal de Justicia, a partir del cual se instrumentó un plan estratégico de capacitación de los futuros operadores del sistema y de difusión y sensibilización de la comunidad, en especial los potenciales usuarios.

A lo largo de este proceso Río Negro fue adquiriendo una posición de liderazgo en la temática, lo que determinó su participación en el proyecto «El acceso a justicia y los métodos alternativos de resolución de conflictos» del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) avalado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Según el informe final, el programa de mediación prejudicial obligatoria incrementó significativamente el acceso a justicia en la provincia y especialmente de las personas de escasos recursos. Las estadísticas corroboran que dos de cada tres mediaciones corresponden a demanda de justicia de sectores de bajos recursos considerados de mayor vulnerabilidad.

Hoy podemos decir que Río Negro en poco más de una década se encuentra en un lugar destacado en el mapa nacional de los métodos alternativos de resolución de conflictos. En la provincia la mediación está plenamente integrada al sistema judicial, diversificando y ampliando el acceso a justicia de la sociedad, tanto por la extensión territorial como por las temáticas alcanzadas.

Desde el punto de vista del desarrollo normativo, la mediación prejudicial se puso en funcionamiento en la provincia a partir de marzo de 2004, por acordada 11 del Superior Tribunal de Justicia; luego, en julio del mismo año, se sancionó la Ley P 3847, la que entró en vigencia en agosto de 2006 mediante el decreto reglamentario 938/06.

La obligatoriedad de la instancia de mediación previa al juicio -uno de los pilares del sistema- fue establecida por el plazo de cinco años en el artículo 7 d la ley. Cercano a su vencimiento dicho plazo fue prorrogado por dos años mediante la ley 4707, del mes de octubre de 2011 y nuevamente por seis meses mediante la Ley 4888 del mes de agosto de 2013, en virtud de encontrarse en análisis por parte del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia una modificación sustancial de alguno de sus institutos.

Luego, a partir de la integración definitiva del máximo Tribunal con sus cinco miembros, a fines de agosto de 2012, se continuó con la elaboración de un proyecto de reforma la ley, motivo de la presente iniciativa legislativa”. (ADN)