Confirman prisión en suspenso e inhabilitación a automovilista por fatal accidente

Catriel (ADN).- Jueces del Superior Tribunal de Justicia confirmaron este mes la sentencia de la sala unipersonal de la Cámara Primera en lo Criminal y Correccional de Cipolletti, que condenó a un automovilista a tres años de prisión en suspenso, 10 años de inhabilitación especial para conducir automotores y al pago de costas por el delito de homicidio culposo ocasionado por la “conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un automotor”. La víctima fatal del accidente, ocurrido el 15 de marzo de 2009, fue una joven mujer.

El fallo inicial data del 10 de septiembre de 2013 -ahora ratificado- y recayó sobre Nelson Rodrigo Martínez Aino, quien además debe cumplir reglas de conducta por el plazo de dos años.

Martínez Aino, por entonces de 23 años, manejaba un Volkswagen Gol, dominio EYM 153, a «140 kilómetros por hora” y al llegar a la curva ubicada en el kilómetro 29, frente a Barda del Medio, por “desatención en la conducción y como consecuencia del exceso de velocidad perdió el dominio del vehículo despistándose hacia la banquina Oeste, reingresando a la ruta, atravesándola a la banquina Este, donde finalmente volcó dando varias vueltas hasta quedar detenido”.

Aino, domiciliado en 25 de Mayo, La Pampa, regresaba desde Cinco Saltos hacia su ciudad acompañado por cuatro jóvenes.

En su momento, la defensa del imputado afirmó que él pidió a sus acompañantes que se pusieran los cinturones de seguridad y que quienes venían en el asiento de atrás del vehículo no lo hicieron asumiendo así el riesgo que ello entrañaba.

Pero, la sala unipersonal tuvo por probado que el imputado “en ningún momento requirió a sus acompañantes que se colocaran el cinturón de seguridad obligatorio para circular”.

En la sentencia de condena se consignó: “Si bien la perito accidentológica no pudo explicar cual fue la causal que produjo el evento dañoso, se colige de su informe, de las improntas de derrape y frenada, de la virulencia del impacto con el poste existente a la vera de la ruta, el estado final del rodado y el de las cubiertas, que efectivamente Nelson Rodrigo Martínez Aino, al llegar a la altura del kilómetro 29 donde existía una curva pronunciada, perdió en forma total y completa el dominio del rodado Gol Volkswagen que conducía, mordiendo la banquina Oeste, atravesando previamente la cinta asfáltica, para luego volver a subir a la misma y terminar su recorrido colisionando en la frenética carrera un poste de alumbrado y dar diversas vueltas, trompos y vuelco”.

En cuanto a la posibilidad esbozada por la defensa y un testigo en relación al eventual reventón de un cubierta, uno de los jueces del STJ consideró que “nada indica que esto haya sucedido, habiendo explicado en audiencia (otro testigo) los bemoles del destalonamiento de cubiertas, según su experiencia en el tema, pero más allá de eso, cierto es que si eventualmente se hubiera producido dicha circunstancia, las consecuencias de la misma hubieran sido otras muy distintas si Martínez Aino hubiera circulado a una velocidad prudente en la zona de riesgo como defino el lugar del accidente”. (ADN)