Río Negro: autoritarismo, discriminación e ilegalidad ● Rodolfo Aguiar

Luego de 30 años de democracia, cuando la máxima autoridad de un Estado
provincial elige a dedo con quien discutir salarios y condiciones laborales,
excluyendo a representaciones gremiales legalmente reconocidas, todos los
ciudadanos debiéramos alarmarnos. Es que cuando desde el Poder Ejecutivo
se anuncia públicamente que solamente se discutirá con determinados
sindicatos, no estamos frente a una mera declaración mediática, sino que en
ella se esconden, casi con exactitud, las características de un Estado
fuertemente autoritario, que discrimina y propicia la ilegalidad, violentando
leyes esenciales en materia de derechos laborales.

Desde la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) se confrontaron durante
años las políticas de precarización laboral que impusieron en la provincia los
gobiernos anteriores al actual y de otro signo político. Muchos estatales
renovaron sus expectativas a partir del 10 de diciembre del año 2011. Es que
llegaba un nuevo Gobierno que prometía a todos un cambio. Las ilusiones eran
mayores cuando se escuchaba al Gobernador entrante, en la Legislatura
Provincial, anunciar la democratización del Estado, y luego también a quien lo
sucediera en su cargo, hacer explícita la ratificación de ese desafío
democratizador. Por estos días, esas expectativas devienen en decepción. Es
que transcurridos dos años, no ha existido una sola señal al respecto.

Cabe preguntarnos entonces por qué, pasadas tres décadas, no hemos
logrado, como si lo han hecho el resto de las provincias patagónicas y
argentinas, una ley de Convenciones Colectivas de Trabajo que garantice la
participación igualitaria de todos los sindicatos. Tal vez sobre el miedo fue que
se asentó tamaña discriminación.

En “El Farmer”, la obra de Andrés Rivera que relata el exilio de Juan Manuel de
Rosas en Inglaterra luego de haber perdido éste su última batalla, y al ver que
el mismo pueblo que lo había alabado, ahora le daba la espalda y se sumía al
nuevo poder, reflexiona “quien gobierne podrá contar, siempre, con la cobardía
incondicional de los argentinos”.

En el sector público el primer sindicato en crearse fue ATE, fundada en el año
1925 y con la Personería Gremial Número 2 del país, otorgada en 1946. Es
cierto que no era común en aquellos años que, una vez conformado un
sindicato, en el mismo ámbito se creara otro. Sin embargo, en el año 1948 se
funda UPCN y se le otorga la personería gremial Número 95. A partir de allí, no
han sido pocas las polémicas entre ambos sindicatos y su relación con los
gobiernos. Pero nuestros constituyentes, legisladores, la Justicia y los distintos
Estados, nacional y provinciales, las fueron zanjando. Todos los Estados fueron
de una u otra manera avanzando en materia de derechos laborales, menos el
de Río Negro.

El artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional otorga jerarquía
constitucional a los tratados de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
los cuales en armonía con el artículo 14 bis de la referida Carta Magna, regulan
el “derecho a la negociación colectiva”. Es importante tener en cuenta que, en
relación a la libertad sindical en los fallos ATE C/ Ministerio de Trabajo
(2008), Rossi Adriana María C/ Estado Nacional – Armada Argentina (2009) y
ATE C/ Municipalidad de Salta (2013) la Corte Suprema de Justicia de la
Nación se ha pronunciado con el propósito que todos los sindicatos puedan
realizar sus actividades sin obstáculos o limitaciones del Estado que reduzcan,
injustificadamente las funciones que le son propias: la promoción, ejercicio,
defensa, fomento y protección de los intereses legítimos de orden gremial.

Concretamente respecto de ATE y UPCN existen dos resoluciones del
Ministerio de Trabajo de la Nación (51/87 y 1101/94), confirmadas por la Corte,
que dan cuenta de la existencia de pluralidad sindical en el ámbito de la
Administración Pública. Allí se determinó que existe una verdadera
coexistencia de entidades gremiales en el Estado. Asimismo, la Ley 24.185 de
negociaciones colectivas, contempla la coexistencia de entidades con
personería gremial, regulando la negociación colectiva en el sector público y
confiriendo el derecho a la negociación colectiva a ATE y a UPCN. Es decir,
donde está UPCN debe estar ATE, por lo que resulta evidente la violación al
derecho de negociación colectiva y a la libertad sindical por parte del Estado
rionegrino. Quien, de acuerdo a la legislación, doctrina y jurisprudencia
vigentes, debería sentarse con ambos sindicatos a discutir en la mesa salarial.

Luego de estas consideraciones surgen algunos interrogantes: ¿Cómo un
Gobierno puede elegir con quien discutir? ¿Cómo un Gobierno puede sostener
que no discute con quienes destruyen el Estado? ¿Destruye el Estado quien
reclama y ejerce derechos como el de huelga o destruye el Estado quien viola
todas las leyes vigentes?

El Estado provincial tiene una gran deuda con todos sus trabajadores y dos
maneras de saldarla. Adherir a la Ley Nacional 24.185, como lo han hecho
muchas provincias, o sancionar una ley que reglamente la negociación
colectiva específicamente en al ámbito de Río Negro.

En “Don Quijote de la Mancha”, obra escrita por Miguel de Cervantes, a
Sancho Panza le toca ir a gobernar la Ínsula Barataria y Don Quijote se permite
darle algunos consejos. Le dice, entre otros: “Si te toca gobernar y tienes que
aplicar la justicia hazlo con compasión”, “que siempre causen en ti más dolor
las lágrimas del pobre”. No tenemos dudas que si Miguel de Cervantes hubiera
escrito en esta época y pudiéramos hacer un parangón con nuestra provincia,
llamando a la Ínsula Río Negro, le hubiera hecho decir al Quijote: “Si te toca
gobernar, respeta las leyes, instrumenta paritarias libres y a la hora de discutir
salarios, no discrimines”.

Rodolfo Aguiar
SECRETARIO GENERAL
ATE Río Negro