Recurso de abogada por presuntas trabas a tareas y análisis de jueces laborales

Roca (ADN).- Una abogada inició acción de amparo contra la Secretaría de Trabajo de Río Negro porque se le impide ejercer su rol profesional -asesoría letrada en General Roca- pero además se le denegó su licencia anual por vacaciones en enero pasado. Jueces laborales roquenses, por mayoría, hicieron lugar a la medida cautelar solicitada para que la abogada ejerza su tarea profesional sin condicionamientos.
Al mismo tiempo, los miembros de la Cámara del Trabajo roquense requirieron a la delegada del organismo laboral local en cuanto a la concesión de vacaciones en los términos sugeridos, bajo apercibimiento de adoptar las medidas legales que correspondan.Las actuaciones fueron interpuestas por la abogada Andrea Rossana Bellesi

Por su parte, la jueza Gabriela Gadano refirió que Bellesi enfatizó la insuficiencia de la cautelar por cuanto se le impide ejercer el rol de abogada y que en un mismo escrito dio cuenta de que por segunda vez se le notificó la denegatoria de su licencia anual por vacaciones para enero de 2014, la que se justificó en la facultad absoluta de la responsable de la delegación de Trabajo.

También hizo referencia la profesional a que siempre se han concedido a los abogados sus vacaciones en período coincidente con el receso administrativo y feria judicial y que siendo una cuestión ya incorporada en el fondo del amparo la lesión al tema de las vacaciones (ya desautorizadas en octubre de 2013), ante la nueva negativa, se impone que al resolverse el amparo, el mismo disponga imperativamente el otorgamiento de sus vacaciones al menos 15 días de enero de 2014 y 15 días en la feria de julio de 2014 (integrados 8 días adeudados del año 2012 y 22 días que le corresponden del año 2013).


Entre otras consideraciones, Gadano destacó que en esto se debe tener suma cautela, ya no sólo por tratarse de medidas anticipatorias de jurisdicción, muchas veces ligadas al objeto de fondo de la cuestión, sino porque en el puntual caso de esta causa se estaría interfiriendo en las facultades de organización del organismo público a cargo de un funcionario (como también lo son las de dirección de un empleador privado).

Consta en el expediente que un abogado que presta servicios en la Delegación roquense manifestó no tener impedimento alguno, aun cuando a él también se le exija digitalizar su ingreso y egreso en reloj y firmar constancia de salida, sin habérsele restringido en ningún caso lo pedido ni necesidad de esperar la autorización de la funcionaria delegada ni haber sido sancionado por omisiones de esa naturaleza.

Otros tres abogados expresaron que la rigurosidad horaria impuesta mediante nota múltiple N° 49, fechada en Viedma el 12-6-2013 y suscripta por Carlos Marcelo Valverde (director de Asesoría Legal de la Secretaría de Trabajo de Río Negro) no fue impedimento para seguir trabajando en las condiciones en que lo hacían con anterioridad a ella, porque “los delegados a cargo (en Viedma, Villa Regina y Allen) han comprendido las condiciones en que deben hacer su tarea profesional, tanto las derivadas del patrocinio o apoderamiento gratuito de los trabajadores que concurren a tal fin al organismo como sus asuntos particulares”.

Gadano sugirió que hasta tanto se decida sobre el fondo de la cuestión, tanto la delegada Reynoso como la abogada Bellesi “se conduzcan razonablemente según los alcances de esta ampliación cautelar, evitando actitudes que contribuyan al crecimiento del conflicto”.

En cuanto a vacaciones y sin entrar a considerar si hubo motivos fundados o no para denegar las pedidas a la doctora Bellesi, Gadano dijo que “en atención además a que una parte de ellas corresponden al año 2012 y que la finalidad es propender a la salud personal, reposición de energía y tomar distancia de lo diario y cotidiano en un año que indudablemente se exhibió como altamente conflictivo, aun cuando existan razones de servicio que justificaren la denegatoria, se impone hacer un reparto equitativo entre todos los que, con idéntica tarea, reclamen su espacio vacacional para el mismo período, toda vez que en ambos casos la feria judicial los libera de tener que delegar las audiencias de sus clientes al momento en que se otorga su período vacacional por fuera de ella”.

La jueza expresó su opinión de exhortar a la delegada de Trabajo de General Roca a que en un plazo de 24 horas de recibida la resolución de la Cámara “o bien reevalúe la negativa de vacaciones para enero o las distribuya en tiempo proporcionado y equitativo con el otro profesional de la Asesoría, si es que la intención refiere a razones de servicio, bajo apercibimiento de adoptar las medidas que en el marco legal correspondan, decisión que deberá comunicarse dentro de las 24 horas de notificada a la actora”.

Este caso continuará en debate judicial el 12 de este mes a las 8, cuando finalizará el agregado de cualquier prueba escrita pendiente de producción, bajo apercibimiento de caducidad. (ADN)