Reglamentan ley de ladrilleros artesanales. Cooperativas, sin límites de producción

Allen (ADN).- Las sociedades comerciales y las personas físicas que produzcan en emprendimientos de su titularidad más de 2.000.000 de ladrillos o ladrillones por año no están incluidas en la promoción de la Ley A 4629, que creó el registro provincial de ladrilleros artesanales. En cambio, las cooperativas bien constituidas no tendrán límite de producción.

La norma, plenamente vigente a partir del lunes pasado, quedó reglamentada a través del decreto 1781, firmado por el gobernador Weretilneck y por el ministro de Economía, Alejandro Palmieri.

En mayo pasado, legisladores de la Alianza solicitaron la pronta reglamentación de la Ley 4629, porque “se trata de una actividad sin demasiadas posibilidades de ingresar a la economía formal, con una gran intermediación, falta de capacitación y complejidad al momento de vender directamente sus productos”.

Ahora, oficialmente se destacó que el registro del sector tiene por finalidad “impulsar la promoción y regularización de quienes desarrollan en forma artesanal la fabricación de ladrillos para la construcción.

Tres artículos y ocho incisos de la norma quedaron sin reglamentar, según consta en el anexo 1 del decreto 1781.

Se estableció, finalmente, que las cooperativas legalmente constituidas, con autorización para funcionar y que lleven sus libros en reglas, no están sujetas a límite alguno de producción.

También se estipuló que la dirección y administración del registro estará a cargo de la Secretaría de Minería de Río Negro, que depende de la Secretaría de Energía, según la nueva Ley de Ministerios 4794. (ADN)

 

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