No aceptan reclamo laboral de empleada pública de Familia e IPROSS

Roca (ADN).- No fue aceptada por la Justicia laboral roquense la acción de una empleada pública para que se exceptúe falta de agotamiento de la vía administrativa, como parte de una demanda contra el ex Ministerio de Familia y el IPROSS. La agente estatal buscaba cobrar dos sueldos del año 2010.

El abogado Raúl Bidart, apoderado de la parte demandada, se opuso al avance de la acción interponiendo al efecto la excepción de incompetencia por falta de agotamiento de la vía administrativa.

La agente estatal reclamó en el cobro de haberes que corresponden a la vinculación como agente de la administración pública provincial (meses de julio y agosto del 2010, aguinaldo y vacaciones proporcionales), sin que ésta hubiera cumplido con el reclamo a través de la vía administrativa en debida forma.

Ello porque sólo envió el telegrama de la Ley 23789, N° 77537781, al Ministerio de Familia el 6 de abril de 2011 y una nota del 21/07/2011, insuficientes al efecto, según consta en el expediente al cual accedió ADN.

El apoderado sostuvo que surge del propio relato de la agente, corroborado en la falta de antecedentes en la administración, que María Angélica M. “no ha promovido ni agotado la vía administrativa, recaudo indispensable para poder promover la acción contencioso administrativa por cobro de haberes que acciona y habilitar de tal forma la jurisdicción contencioso administrativa.

Expresó que ella no ha seguido el procedimiento de la Ley 2938 ni ha obtenido resolución definitiva que cause instancia, ya sea en forma expresa ni por vía de denegatoria ficta ante el presunto silencio administrativo, ni resulta tampoco posible afirmar que haya interpuesto la demanda antes de que haya transcurrido el plazo de caducidad del artículo 98, ante la inexistencia de resolución que agote la instancia administrativa y la consecuente imposibilidad de su notificación, considerando ello impide la promoción de la presente acción. (ADN)

 

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