Levantarían duras medidas contra comisario. Fuertes críticas judiciales al ex jefe Cufré

Viedma (ADN).- La Cámara del Trabajo de Viedma hizo lugar a la demanda que presentó un comisario que fue pasado a retiro obligatorio y dispuso anular el decreto que dictó el ex gobernador Miguel Saiz, el 11 de noviembre de 2009, que aplicó tal medida y la resolución de la Jefatura de Policía que declaró al jefe policial bajo situación de disponibilidad.

Además, el Tribunal laboral local fijó un plazo de 60 días para que la Jefatura de Policía considere y resuelva la situación de revista del comisario inspector Pedro Brizuela, reincorporándolo.

En el expediente se calificó de “autoritaria y abusiva” la actitud del ex jefe de la Policía Víctor Cufré y se consideró que en casos similares -que serían más 30- tendrían que pagar las consecuencias económicas los propios funcionarios y no el Estado provincial por desaciertos que provoquen sus disposiciones, según indicaron ayer a ADN fuentes judiciales.

Brizuela efectuó demanda contra el Ministerio de Gobierno y la Jefatura de Policía para que se deje sin efecto el decreto Nº 936, dictado por Saiz, y se disponga su reingreso al servicio activo de la Policía, con la antigüedad y grado jerárquico que corresponda en orden al tiempo transcurrido y se ordene abonar las correspondientes diferencias salariales e intereses.

Se mencionó que Brizuela ingresó a las filas de la Policía de Río Negro en el año 1980, desempeñándose en toda su carrera policial con “absoluta diligencia, profesionalidad y apego al trabajo”.

El 30 de diciembre de 2008, mediante la resolución Nº 1591/08 “JEF”, se dispuso su pase a la situación de disponibilidad a partir del 1 de enero de 2009, de lo que fue notificado nueve días después.

El 14 de enero, Brizuela interpuso recurso de reconsideración contra la resolución por considerar que “no existían ni existen argumentos valederos que tengan sustento legal para disponer su pase a disponibilidad, ya que al momento de adoptarse tal medida, no tenía investigación administrativa ni judicial en trámite, como así carecía de sanciones disciplinarias, tenía las más altas calificaciones y excelentes juicios concretos de sus superiores que en distintas etapas y circunstancias anualmente, evaluaron sus condiciones profesionales”.

Brizuela también dejó expresamente manifiesto que la situación de disponibilidad era “arbitraria y lesiva de sus derechos laborales”, solicitando que en forma inmediata se le asignaran servicios conforme a su agrupamiento, escalafón e idoneidad profesional. Pero, el recurso fue rechazado por resolución oficial el 12 de febrero de 2009.

Los fundamentos del rechazo fueron que “la asignación de funciones y destino es competencia exclusiva del comando y excluyente del comando superior policial, no sujeta a revisión de otro órgano. También se adujo que es “una decisión de política institucional adoptada en el pleno ejercicio de la competencia del comando”, de la fuerza de seguridad rionegrina.

Después, se sucedió una larga serie de instancias.
Al analizar el caso, el juez Jorge Bustamante confirmó su opinión de que la demanda debía prosperar.

Entre otras extensas referencias, Bustamante consideró que existen diversos niveles de análisis sobre la cuestión a resolver y estimó obligatorio en primer lugar hacerlo desde una óptica constitucional y convencional, partiendo de la normativa específica. Y en primer lugar, la Ley Orgánica Policial.

Un testigo afirmó que Brizuela “gozaba de muy buen prestigio en la función policial; fue pasado a disponibilidad y luego a retiro por disposición de la superioridad…”.

Otro jefe policial señaló que “la disponibilidad es política de quien tiene el mando, de un día para otro puede dejarlo en esa situación, a veces no es explicado el por qué y se corta la carrera por la decisión de un jefe sin derecho de defensa”, mientras que un tercer testigo sumó que “la disponibilidad es compulsiva, está reglamentada, pero deben darse ciertas circunstancias, el policía afectado no tiene derecho de defensa y es una medida discrecional”.

En el expediente al cual accedió ADN, un ex integrante de la plana mayor de la Policía dijo que en ese momento la conducción la ejercía Cufré y sobre las diferencias con ese ex jefe de la Policía manifestó que “eran caprichosas y no tenían otra razón de ser”.

Por su parte, Bustamante consignó que la resolución de Jefatura que dispuso el pase a la situación de disponibilidad de Brizuela fue dictada sin sustanciación previa, sin sumario ni derecho de defensa y señaló que el fundamento de la decisión del ex jefe policial Cufré es “claramente autoritario aún en una institución civil de estructura verticalizada…”.

Describió que se ha probado no solamente que Brizuela no se encontraba bajo sumario administrativo ni judicial, que no tenía ninguna sanción disciplinaria que sirviera de fundamento a la medida dispuesta sobre su persona, que era un buen empleado judicial, sino que tampoco no existía destino al cual podría haber sido asignado.

“El ex jefe de Policía comisario general Víctor Ángel Cufré motivó su decisión en su sola voluntad personal y por lo cual su resolución, antecedente del decreto (de Saiz) en crisis, también debe ser anulada y, por ende, los actos consecuentes…”.

Agregó: “La actuación del ex jefe ha sido autoritaria, abusiva en sus funciones y sin perjuicio de valorable esfuerzo intelectual que han realizado los profesionales que han representado a la provincia en estos autos defendiendo los intereses estatales, la eficiente labor profesional de los letrados cede ante la, a todas luces, indefendible conducta del responsable administrativo, el ex jefe de Policía Cufré”.

Por esas y otras razones expuestas, Bustamante propuso lugar a la demanda interpuesta por Brizuela y también anular el decreto Nº 936 dictado por el ex gobernador el 11 de noviembre de 2009 y su antecedente, la resolución Nº 5191/09“JEF”, ordenándose el reintegro de aquél al servicio activo de la Policía Provincial. Además, propició que la Junta de Calificaciones de la Policía disponga el tratamiento de la situación de Brizuela para determinar las jerarquías que le correspondan.

Por su parte, los jueces Ernesto Rodríguez y Eduardo Roumec plantearon su disidencia parcial con el voto de Bustamante, en cuanto a la parte resolutiva, aunque expresaron total acuerdo con la conclusión final. (ADN)

 

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