Gobierno confirmó creación del registro provincial de personas extraviadas

Cinco Saltos (ADN).- El Gobierno rionegrino aprobó la reglamentación de la ley que creó el Registro Provincial de Personas Extraviadas y no Identificadas, que funcionará en ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos para la organización, implementación, funcionamiento, coordinación y administración en la específica materia.

El Registro diseñará y operará un banco informático o base de datos que posibilite recibir, incorporar, sistematizar, clasificar, cotejar, elaborar, trasmitir y archivar toda la información de la provincia sobre personas de quienes se desconozca su paradero o sus datos filiatorios o identificatorios, y de quienes posteriormente hubieren sido localizados.

La Ley 4645 establece que la Policía de la provincia o las autoridades judiciales provinciales que tomen conocimiento de un extravío, sustracción o no identificación de una persona, estarán obligados a comunicar al Registro Provincial de Personas Extraviadas y Personas no Identificadas de manera inmediata, no pudiendo superar las 24 horas hábiles de denunciado el hecho.

Además, estipula que la fuerza de seguridad o policía que reciba la denuncia o que investigue el extravío, desaparición, sustracción o no identificación de una persona, deberá dar inmediata intervención a la autoridad judicial competente.

Al reglamentar la Ley 4645, mediante el decreto 1042, el gobernador consignó que las personas extraviadas y no identificadas constituye una problemática a la que el Estado provincial no puede permanecer ajeno o permitir que se continue trabajando sin coordinación, con la consiguiente “falta de celeridad, eficiencia y eficacia, debido a la dispersión de la información y la carencia de mecanismos útiles y ágiles para la búsqueda y localización de personas”. (ADN)

 

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