Justicia rechazó apelación de María Emilia Soria, apoderada de Fiscalía

Roca (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación que presentó la abogada roquense María Emilia Soria, apoderada de la Fiscalía de Estado de Río Negro, contra la sentencia que dictó la jueza Susana Teresa Burgos, subrogante del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de General Roca, por la imposición de astreintes o sanciones valuadas en dinero por actuaciones vinculadas con el IPROSS.

Las tramitaciones judiciales llegaron a conocimiento del Superior Tribunal de Justicia en virtud del recurso de apelación interpuesto por Soria contra la sentencia dictada por Burgos, quien ordenó que el IPROSS y la provincia de Río Negro suministren a una afiliada una prótesis total de cadera y material quirúrgico solicitados por el médico tratante.

La orden debía ser cumplida en el término de cinco días (o el menor tiempo que permitan las diligencias que esté cumpliendo en la obra social), bajo apercibimiento de aplicar una sanción conminatoria de 500 pesos por cada día de retardo.

La apoderada de la Fiscalía de Estado se agravió señalando que en el mismo dispositivo en que se intimó al cumplimiento en determinado plazo, se fijan coetáneamente las astreintes, entendiendo por ello que la decisión debe ser revocada en este aspecto.

Por su parte, la defensora de Pobres y Ausentes, Irene Peruzzi, solicitó el rechazo del recurso, señalando que el agravio no resultaría actual, porque “el resolutorio dispone un plazo de cinco días para el cumplimiento de la obligación y que luego y ante la eventualidad del incumplimiento, se impone como apercibimiento una sanción conminatoria”.

En su momento, la procuradora general Liliana Piccinini propuso el rechazo del recurso de apelación, porque “no habiéndose dictado aún el resolutorio que haga efectiva aquella conminación -anunciada o advertida por la magistrada- el recurso es improcedente”. Esa tesitura mereció la adhesión de los jueces del Superior Tribunal. (ADN)

 

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